El aborto es penalizado en el país, excepto cuando la salud o la vida de la mujer está en riesgo, aunque esta opción también tiene barreras en Costa Rica. Pese al avance de la aprobación por parte del presidente Carlos Alvarado de una ‘norma técnica’ para “salvar la vida de las mujeres”, hay poca difusión y capacitación para su aplicación.
Hace tres años, Adriana (nombre ficticio) decidió unirse a una organización feminista en la Universidad de Costa Rica. Luego de participar en un conversatorio a favor del aborto, una joven estudiante la contactó en busca de apoyo.
La muchacha, de unos 20 años y a quien llamaremos Lucía en este artículo, tenía ochos semanas de embarazo y estaba decidida a abortar, pero no sabía a quién recurrir ni cómo proceder, ya que el aborto inducido es delito en el país.
“Me escribió para pedirme ayuda. Traté de orientarla y en ese momento tenía un contacto que le referí para que le ayudara con las pastillas”, relata Adriana. “Ella me comentó que tenía padres muy religiosos y no se animaba a decirles su intención de abortar. Tenía novio, pero tampoco se atrevía a contarle, porque le daba miedo que él no estuviera de acuerdo y podía demandarla. Ella estaba muy asustada”.
Según cuenta Adriana, a Lucía le preocupaba el costo de las pastillas, ya que su precio ronda los $260. En ese momento, ella solo estudiaba, no tenía ingresos económicos ni contaba con una red de apoyo, pero pudo reunir el dinero. Tras el aborto, Adriana supo poco de Lucía.
“Ella se apartó mucho, supongo que por el miedo de que quedara alguna evidencia de lo que había hecho. Yo no estuve con ella al momento del aborto, pero me aseguré de que estuviera bien y después de eso no hablamos más”, narra Adriana.
El caso de Lucía no es aislado en Costa Rica. Miles de mujeres interrumpen sus embarazos cada año de forma clandestina, es decir, de manera ilegal e insegura. Al igual que en el resto de Centroamérica, en Costa Rica el tema del aborto representa un tabú y es un servicio socialmente estigmatizado pese a que el país cuenta con uno de los mejores sistemas de salud de Centroamérica.
Además, aunque el aborto provocado es penalizado, muchas mujeres eligen esta alternativa por su situación económica y social, o porque tienen un embarazo no deseado.
Ipas CAM (Centroamérica y México), organización internacional que
trabaja para aumentar la capacidad de las mujeres para elegir sobre su sexualidad y su
reproducción, incluyendo el aborto, ha documentado que las principales razones por las
que las mujeres tienen embarazos no planeados o no deseados son: relaciones forzadas o
violaciones, fallas anticonceptivas, falta de acceso a servicios de planificación
familiar y métodos anticonceptivos adecuados, o porque la pareja sexual no les permitió
utilizarlos”.
Como no existe una opción legal para estas opciones, las mujeres atraviesan un camino lleno de peligros. En medio de la desesperación, las mujeres recurren a procedimientos clandestinos, que muchas veces son inseguros o llegan a usar medicamentos sin tener información suficiente. Incluso, como no cuentan con asesoría médica, muchas veces solo se quedan con los métodos abortivos que encuentran en Internet. Si la mujer tiene recursos económicos, puede comprar las pastillas más reconocidas y seguras en el mercado clandestino, como al final logró Lucía.
No hay datos recientes sobre el aborto en el país. La última investigación la efectuó la Asociación Demográfica Costarricense (ADC) en el 2007. El estudio reveló que se practicaban 27.000 abortos inducidos por año. El análisis también señaló que el 20% de las mujeres que se practican un aborto inducido acaban acudiendo a una institución de salud debido a las complicaciones derivadas de procedimientos clandestinos que fueron inseguros.
La legislación costarricense penaliza el aborto inducido, pero el artículo 121 del Códico Penal establece una excepción que permite la interrupción del embarazo cuando peligra la salud o la vida de la madre. Bajo esta índole, se practica el aborto terapéutico de forma legal y dentro de los sistemas de salud, con protocolos internacionales de seguridad.
Costa Rica alcanzó los 5,058,007 de habitantes en 2019, de los cuales, 2,508,330 son mujeres, de acuerdo con estadísticas de INEC.
Las mujeres en edad reproductiva suman 1,345,376, es decir, el 26.5% del total de la población y el 53.6% del total de mujeres, según el desglose de los datos por edad y sexo.
En 2017, la tasa de fecundidad disminuyó a 1.67 hijos por mujer, según registros de los Indicadores Demográficos de Costa Rica.
Según la Segunda Encuesta Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, del Ministerio de Salud, el 12% de las mujeres de entre 15 y 24 años ha tenido relaciones sexuales antes de los 15 años. Un 29% de las mujeres con menor poder adquisitivo. En este mismo grupo, 14% uvo relaciones sexuales, en los últimos 12 meses, con un hombre 10 o más años mayor que ella.
Aunque no existen datos claros anualmente se registran 500 embarazos de niñas menores de 15 años.Dicha cifra podría indicar el número de abusos.
Entre los años 2009-2014
2,450 niñas entre los 10 y 14
años se convirtieron en madres,
pero solo 26 niños entre
los 10 y 14 años en padres.
Estas niñas están siendo embarazadas por
hombres mayores, sugiriendo un tipo de abuso sexual.
En diciembre del 2019, el presidente Carlos Alvarado firmó la norma técnica sobre el aborto terapeútico para “salvar la vida de las mujeres”.
La disposición otorga seguridad jurídica para la implementación del aborto con la exigencia de cumplir un procedimiento para la aprobación de cada caso. Los equipos de especialistas tardaron más de cuatro años en diseñarla.
La elaboración de la norma técnica se dio por la presión que recibió Costa Rica con los casos de Ana y Aurora presentados ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Ambas mujeres se vieron obligadas a dar a luz pese a que sabían que los bebés no tenían posibilidades de sobrevivir.
La historia de Aurora es una de las más conocidas en el país. Su bebé se desarrolló con la pared abdominal abierta y los órganos vitales expuestos, por lo que los médicos supieron desde las primeras semanas que no podría vivir. Y, pese a que la situación también representaba un riesgo grave para la salud mental de ella, el Estado se negó a interrumpir la gestación.
La norma técnica se basa en lo que dice el artículo 121 del Código Penal que, desde 1970, establece la figura del aborto impune: “No es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, cuando no hubiere sido posible la intervención del primero, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y este no ha podido ser evitado por otros medios”.
En aquel entonces, Alvarado aclaró que la norma técnica no legaliza el aborto libre en Costa Rica, sino que estandariza el abordaje médico de un procedimiento que permite interrumpir el embarazo cuando la vida de la mujer corra peligro.
No obstante, tras la firma de la norma, la interrupción del embarazo para proteger la salud y vida de la madre debe pasar por un proceso de revisión, que incluye el criterio colegiado de médicos especialistas en Ginecoobstetricia, y la firma de un consentimiento informado de la mujer.
“La norma técnica es un gran paso en Costa Rica. Pero, para que se traduzca en acceso verdadero a servicios de salud, debe pasar por un proceso amplio de socialización, contar con el acompañamiento de la estructura del gobierno y de otros organismos sociales”, dijo Guillermo Ortiz, ginecólogo obstetra salvadoreño y experto clínico regional de Ipas CAM. “Que el personal de salud conozca bien la normativa, que la entienda y la aplique, dejando de lado cuestiones que puedan interferir con su aplicación. También se necesita que las mujeres sepan que existe una normativa que las protege y que es una opción para cuando ellas tengan un riesgo en su embarazo que ponga en peligro su salud o su vida”.
“Costa Rica ha sido un ejemplo en salud para la región centroamericana y es fundamental que esta norma técnica realmente sea aplicada porque eso reduciría gran parte de las barreras que enfrentan las mujeres que requieren servicios médicos de calidad”, según el especialista en ginecobstetricia de Ipas CAM, Guillermo Ortíz.
Antes de que entrara en vigencia la norma técnica en el país, era común que los servicios de salud aplicaran el artículo 121 del Código Penal a medias, es decir, practicaban el aborto terapéutico en pocos casos y, cuando lo hacían, solo se tomaban en cuenta aquellos en los que la vida de la madres estaba en riesgo, pero no así la salud. Esto fue lo que sucedió en los casos de Ana y Aurora y por eso ellas decidieron demandar al Estado.
“Con la norma técnica se puso sobre la mesa que la mujer también podía tener un futuro riesgo a su salud y no solo a su vida y que esos casos tienen que ser evaluados. Antes había cierta inseguridad jurídica, los médicos no sabían o creían que era ilegal y había esa ausencia de una guía o una normativa que aclarara todo el concepto del artículo 121”, explica la enfermera obstetra Hazel Borbón.
La especialista también destaca que anteriomente era el médico el que decidía si el caso calificaba como aborto terapéutico o no, pero ahora la mujer también lo puede solicitar, aunque eso no garantice que se vaya a avalar el procedimiento.
Además, comenta que los médicos también tienen la posibilidad de negarse a practicar un aborto terapéutico al acogerse a una objeción de conciencia por motivos religiosos o ideológicos. No obstante, el hospital debe garantizar que se cumpla el proceso si ya fue aprobado previamente.
Borbón considera que la firma de la norma técnica es un paso importante para el avance, ya que permite que las mujeres anticipen el fin de una experiencia que cataloga como “cruel”.
“En el país mueren cerca de 550 niños cada año. Un 40% de estos casos son incompatibles con la vida, es decir, que tenían complejos malformativos, los cuales no les permitían sobrevivir después de nacer. En todos estos casos la mujer tenía que cursar todo su embarazo, y a la vez hacía el duelo”, relata.
Añade la enfermera obstetra: “A estas madres les toca ir a hospitales donde comparten con muchas mujeres que están en un embarazo sin problemas y que van a tener un resultado muy diferente, donde escuchan niños llorar y ven familias felices. No se les considera esa parte y no hay un seguimiento especial para estas personas. Es muy cruel”.
Decisión colegiada
Consulta previa
El médico tratante elevará la solicitud de valoración a la Dirección General del centro
de salud correspondiente, en un día hábil.
Valoración
La Dirección General del centro
médico nombrará, previa consulta sobre la objeción de conciencia, a dos profesionales en
medicina con especialidad en ginecoobstetricia y otra en la especialidad correspondiente
a la patología de fondo que origina la valoración de la mujer.
Comunicación
Una vez que los profesionales médicos adopten la recomendación, se informará a la mujer.
Si se recomienda interrumpir el embarazo, la mujer deberá emitir su consentimiento
informado.
Apelación
Si la decisión colegiada es de no realizar la interrupción del embarazo, la mujer
podrá solicitar por única vez a la Dirección del centro médico una nueva valoración por
parte de nuevo grupo profesional. Esta deberá resolver en un máximo de dos días hábiles
bajo criterio técnico debidamente fundamentado y emitirse por escrito. Esta se hará
constar en el respectivo expediente.
Decisión propia
Plazo de resolución
Tienen tres días para resolver la solicitud a partir de la fecha de recepción en la
Dirección General y según la evolución clínica del caso bajo valoración.
Criterio base
Cuando se certifique que el embarazo de la mujer es de un producto incompatible con la
vida extrauterina, se deberá valorar el caso según los términos de esta norma.
Interrupción de embarazo
Ya emitido el consentimiento informado, deberá efectuarse la interrupción de forma
inmediata en caso de que así se amerite o en el plazo recomendado por los especialistas.
Si la mujer cambia de opinión, el procedimiento médico deberá concluir y se dejará
constancia al respecto en el expediente.
Registro y contingencia
La Dirección General del centro de salud llevará un registro confidencial de las
objeciones de conciencia de los profesionales en salud. También incluirá en el protocolo
acciones a tomar en caso de ausencia o faltante de profesionales para valoración de
casos.
Fuente: Ministerio de Salud de Costa Rica y diario “La Nación”
La especialista espera que los resultados de la implementación de la norma técnica puedan medirse en unos cinco años, con la expectativa de contar con cifras que respalden un aumento en el procedimiento terapéutico, ya que según dice, en los últimos 20 años se registraron menos 80 procedimientos en hospitales públicos.
Por su parte, la abogada Larissa Arroyo, de la Asociación Ciudadana Acceder, resalta que una de las principales limitaciones de la norma es que es necesario realizar la consulta a otros profesionales en medicina para valorar el caso.
“La norma tiene barreras. Por ejemplo, en lugar de que un doctor diga que se puede hacer y ya, pues no, hay que consultar a tres más, porque Dios guarde un doctor pueda tomar esa decisión a pesar de que en otros procedimientos médicos quien toma la decisión es el médico y no tiene que hacer preguntas a otros colegas”, menciona Arroyo, especializada en derechos humanos.
La jurista Arroyo señala que la poca difusión tanto en el personal médico como en las mujeres sobre lo que implica la norma técnica es otra barrera para su ejecución.
“El problema es que las mujeres que necesitan ese aborto terapéutico están en una situación de vulnerabilidad y pues claramente no tienen conocimiento sobre esto porque no hay difusión; entonces ellas no pueden exigir sus derechos. Al no exigir sus derechos, eso hace que el personal médico siga haciendo lo que crea que es conveniente”, asegura Arroyo.
De igual forma, la abogada plantea un dilema sobre la interpretación de la norma relacionado con el concepto de salud y cuál es el límite de la aplicación.
“Hay un dilema, porque una mujer que ha sido víctima de violación o una niña víctima de incesto tiene una afectación a su salud física y emocional y, por lo tanto, tendría derecho a pedir un aborto terapéutico, pero qué tal si le responden con la interpretación que se había venido dando antes que es solo si la mujer está al borde de la muerte, aunque eso no lo dice el Código Penal. ¿Cómo hacemos para ver esas barreras? ¿Quién las mide si no son las instituciones estatales?”, argumenta Arroyo.
Más allá de la norma técnica, el avance de Costa Rica en el tema de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres ha sido escaso en las últimas décadas.
Aunque no hay un contexto extremo como existe en El Salvador, Honduras y Nicaragua, donde la penalización es total, las mujeres costarricenses tienen poco margen para decidir sobre sus propios cuerpos.
“Cuando se trata de los derechos de las mujeres y cuando se trata de decidir ante un embarazo no deseado, la posición de Costa Rica es muy similar a la de cualquiera de los otros países de la región centroamericana”, asegura Soledad Díaz, vocera de la Colectiva por el Derecho a Decidir.
Díaz comenta que esto en parte se debe a la línea conservadora que caracteriza a muchos dirigentes políticos, como el caso de los diputados o cuando el presidente Alvarado accedió a discutir solamente sobre la norma técnica, sin tomar en cuenta otras aristas del aborto.
“La situación actual en la región es una vulneración de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y el derecho a interrumpir el embarazo no deseado es una expresión de la misoginia más pura”, manifesta Díaz. “La penalización del aborto no impide que las mujeres dejen de abortar”, añade.
Las restricciones también impulsan a las mujeres a buscar salidas precipitadas, así como a poner en riesgo su libertad y su vida. Por ejemplo, acuden a Internet para hallar métodos de interrupción de embarazo, eligen medicamentos muy peligrosos por su bajo costo, incluso hasta de uso veterinario, o realizan técnicas sumamente riesgosas.
Por ello, en la región centroamericana y gran parte de América Latina, el aborto resulta un camino traumático que se lleva muchas veces en soledad.
“Pese a que estén decididas y seguras de lo que van a hacer, lo que hace que el hecho sea tan triste y doloroso y que las mujeres busquen la clandestinidad con métodos muy peligrosos es el no tener apoyo o acompañamiento y aún cuando lo tienen no pueden confiar en nadie”, concluye Adriana.
INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO, la deuda de Centroamérica con las mujeres es un trabajo regional colaborativo encabezado por DIVERGENTES.