La política internacional parece moverse al ritmo de intereses que muchas veces contradicen los principios que proclaman. Nicaragua es un ejemplo doloroso de cómo los crímenes de un régimen pueden coexistir, sin demasiada resistencia, con los negocios internacionales. Por eso urge que la oposición nicaragüense inicie una campaña permanente, sólida y estratégica, que recuerde al mundo que Daniel Ortega, presidente de facto, tiene una orden de captura internacional emitida por la justicia argentina, y que existe una cadena de mando claramente documentada por organismos internacionales, lo que permite pensar en la posibilidad de ampliar dicha orden y proyectar su alcance judicial.
En diciembre de 2024, el juez federal argentino Ariel Lijo dictó una resolución histórica: llamó a declarar a Daniel Ortega y Rosario Murillo por crímenes de lesa humanidad (Lijo, 2024, p. 68), y además ordenó su captura internacional (Lijo, 2024, p. 75). Esta decisión no fue tomada a la ligera. Según el tribunal, “el plan estratégico de represión desplegado en Nicaragua involucró a todos los estamentos del poder político y judicial del Estado”, y los hechos atribuidos a los imputados incluyen graves violaciones a los derechos humanos cometidas de forma sistemática y continuada en el tiempo. A ello se suma que las solicitudes de cooperación internacional libradas por el tribunal “no fueron respondidas”, lo que, junto a la gravedad de los hechos y las penas en expectativa, conduce a la existencia concreta de “riesgos procesales no neutralizados” (Lijo, 2024, p. 75). Por tanto, no era suficiente con el llamado a indagatoria: el juez resolvió que sólo una orden de captura internacional podría garantizar la comparecencia de los imputados ante la justicia y prevenir la impunidad.
El informe más reciente del Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua, establecido por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, confirmó en marzo de 2025 que al menos 54 altos funcionarios del régimen están involucrados en una política de represión sistemática, incluyendo detenciones arbitrarias, torturas, ejecuciones extrajudiciales y despojo de la nacionalidad como forma de castigo político. Como afirman los autores del informe, “existe una cadena de mando clara y operativa que parte de la presidencia y alcanza instituciones policiales, judiciales y administrativas” (Grupo de Expertos sobre Nicaragua, 2025, Informe anual al Consejo de Derechos Humanos).
A pesar de la orden judicial argentina, Ortega no figura en Interpol. La Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) no ha emitido ninguna notificación roja contra el mandatario nicaragüense. Esto se debe en parte a que las alertas de Interpol requieren una solicitud expresa por parte del Estado requirente, y esto es más grave, a decisiones políticas dentro del sistema multilateral que muchas veces priorizan la estabilidad diplomática sobre la aplicación del derecho internacional penal. La campaña que se propone no puede ignorar este vacío: debe presionar para que la justicia argentina formalice la solicitud ante Interpol, y para que otros Estados se sumen al proceso de cooperación judicial.
Pero el problema más agudo es la contradicción entre el discurso político y la práctica económica. Gobiernos como los de España, Alemania, México o incluso Estados Unidos han emitido duras condenas contra la represión en Nicaragua. Sin embargo, los datos del comercio bilateral revelan un flujo económico constante, e incluso creciente en algunos rubros. El comercio parece operar como si la represión no existiera. Esta dualidad es inaceptable. Como lo afirma Sen (1999) en su obra Development as Freedom, “el desarrollo económico sostenible no puede separarse de la garantía de libertades políticas y derechos fundamentales”; no puede haber crecimiento verdadero mientras se asesina, encarcela o exilia a quienes piensan diferente.
La oposición nicaragüense tiene aquí una oportunidad y una obligación histórica: vincular la causa de la justicia penal internacional con la denuncia del modelo económico que sostiene al régimen. Además, es urgente posicionar la cadena de mando documentada por la ONU como elemento clave para futuras órdenes de captura. No basta con Ortega y Murillo. Es necesario nombrar y perseguir penalmente a quienes ejecutan órdenes, firman sentencias ilegales, torturan, expropian, silencian. Ampliar las órdenes no es solo una herramienta jurídica, es una forma de hacer justicia política a las víctimas y de romper la red de impunidad que sostiene al régimen.
Todo esto nos lleva a una pregunta estructural: ¿cómo es posible que en pleno siglo XXI, con múltiples tratados internacionales, sistemas de justicia penal internacional y declaraciones de compromiso con los derechos humanos, un presidente con orden de captura pueda celebrar acuerdos comerciales o mantenerse como figura legítima en el sistema internacional? Aquí el derecho penal internacional muestra sus grietas. Como señala Cassese (2003) en su análisis sobre la Corte Penal Internacional, “la eficacia del derecho penal internacional depende no solo de su codificación, sino de la voluntad política de aplicarlo”.
Esa voluntad, hasta ahora, ha sido selectiva y evasiva. Nicaragua es víctima de esa selectividad. Por eso, la campaña debe sostener una narrativa firme: no puede haber relaciones comerciales normales con un régimen criminal. No puede haber convenios económicos con un Estado que ha abolido la nacionalidad como castigo político. No se puede desarrollar una economía sana sobre las ruinas de una democracia destruida.
En un mundo que habla de justicia climática, de comercio ético, de derechos humanos como eje transversal, Nicaragua es una prueba viva de que el discurso y la práctica siguen desconectados.
ESCRIBE
Vlada Krasova Torres
De nacionalidad nicaragüense, es Licenciada en Relaciones Internacionales, con un posgrado en Derechos Humanos y una maestría en Gestión del Conocimiento en Políticas Públicas. Ha trabajado en diversas agencias de cooperación para el desarrollo y de derechos humanos.