Amnistías en Nicaragua: una patraña jurídica de los sandinistas 

Recientemente el diputado sandinista Wálmaro Gutiérrez habló sobre las claves de la última amnistía aprobada por el régimen Ortega-Murillo. Lo que no dijo el legislador es que las amnistías representan un engaño jurídico y nunca han funcionado en el transcurso de la historia del país. Además, la entrevista fue un intento de justificar las tres leyes posteriores a la aprobación de la amnistía de 2019 que han sido utilizadas para criminalizar a los últimos presos políticos. El equipo de DiverCheck te explica


“La amnistía no podía convertirse en un burladero de la justicia” afirmó el diputado Wálmaro Gutiérrez durante una entrevista en un canal oficialista. Gutiérrez hizo énfasis especial en uno de los artículos de la Ley de Amnistía: la no repetición. 

La Ley 996 o Ley de Amnistía fue publicada en el diario La Gaceta el 10 de junio de 2019. Esta ley tiene como objetivo impedir el enjuiciamiento penal de hechos ocurridos en el territorio nacional entre el 18 de abril de 2018 hasta el 10 de junio de 2019, así como los delitos políticos y los delitos comunes conexos de:

  • Todas las personas que participaron en los sucesos acaecidos en este periodo.
  • Las personas que no han sido investigadas.
  • Las que se encuentran en procesos de investigación en procesos penales.
  • Las que se encuentran en cumplimiento de ejecución de sentencia.

A lo largo de la entrevista, Gutiérrez defendió el principio de la no repetición, como la “única condición”. “Si se deja fuera estás permitiendo que la amnistía se convierta en un instrumento para burlar la justicia y dejar desprotegidas a las víctimas”. 

Paradójicamente el diputado habló de la Ley 985, Ley para una Cultura de Diálogo, Reconciliación, Seguridad, Trabajo y Paz. “La cultura de paz no es una política de gobierno… Es una política de Estado cuando se convierte en una ley”. 

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“La ley te dice en síntesis que no es a través del odio, a través de la violencia, a través de la muerte, a través de la destrucción que vas a resolver los problemas y las diferencias entre los nicaragüenses”, afirmó. 

Asimismo, mencionó la Ley 994, Ley Integral de Atención a las Víctimas. Ambas leyes fueron aprobadas antes de la Ley de Amnistía. Con ellas se aprobó un plan de atención integral y un plan de acción para la cultura de paz en el país, que hasta ahora, no se ha visto ningún resultado. 

El diputado sandinista también defendió las reformas al Código penal y la aprobación de las leyes posteriores a la publicación de la Amnistía. Como es la Ley de Agentes Extranjeros, ya que esta no permite “financiar actos de desestabilización”. Igualmente, la Ley Especial de Ciberdelitos y la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo para la Paz y la Soberanía. “Aquel que venga a desestabilizar al Estado de Nicaragua es un traidor a la patria”, aseguró enérgicamente. 

“Yo no me puedo beneficiar de mi posición predominante para empezar a propalar una campaña de odio, de desinformación, de desestabilización, de andar buscando cómo lanzar a una parte del pueblo contra la otra y lo peor del caso, en nombre de mi ideología política o mi ideología religiosa, no podemos hacer eso. Debemos ser promotores de la paz, debemos ser promotores de la reconciliación”. “¿Qué tiene que hacer el Estado nicaragüense? Garantizar que se cumpla la ley”. 

El diputado mencionó delitos que los opositores no han cometido y que desde 2018 la maquinaria oficialista ha propagado en sus medios. A eso hay que sumar la manipulación de los hechos que señaló el diputado, sobre todo del supuesto papel de la Iglesia Católica luego de la crisis sociopolítica de 2018. 

Lo que no dijo el diputado 

Amnistías en Nicaragua: una patraña jurídica de los sandinistas 
El diputado sandinista Wálmaro Gutiérrez interviene durante una sesión extraordinaria en la Asamblea Nacional para la aprobación de la Ley de Amnistía en Managua, Nicaragua. EFE/Jorge Torres

Wálmaro Gutiérrez afirmó que en los últimos 40 años, en Nicaragua, se han aprobado aproximadamente 15 amnistías, de las cuales 12 fueron entre la primera y la segunda etapa de la revolución.

No obstante, en el año 2014 el expresidente Enrique Bolaños realizó una investigación sobre las amnistías aprobadas en Nicaragua. El exmandatario presentó en orden cronológico las 52 amnistías que encontró en la historia de Nicaragua, desde su independencia de España en 1821. 

“70 veces 7, es un perdón cristiano, pero 52 amnistías y seis prórrogas de algunas de ellas, durante 193 años de vida independiente (al año 2014), equivale a una cada cuatro años escasos, en promedio”, señala el documento. Bolaños aseguró que esta abundancia de amnistías políticas revela que Nicaragua es un “Estado políticamente fallido”. Por definición, los delitos políticos no existen, no deben existir, ya que estos radican solo en los Estados o sistemas políticamente fallidos, dictatoriales y/o policíacos.

De las amnistías estudiadas por el ingeniero Bolaños, ocho fueron otorgadas por Daniel Ortega y demás dirigentes del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) durante la década de los ochenta. 

Un claro ejemplo de esto es la Amnistía No. 42, concedida por la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional (JGRN) en 1983, mejor conocida como la Navidad Roja.

Todo dio inicio con el rechazo costeño a la revolución sandinista, ya que la Dirección Nacional del FSLN quiso organizar a todo el país conforme a sus pretensiones. En 1981 se dieron enfrentamientos entre grupos indígenas y el Ejército Popular Sandinista (EPS), después de que algunos de los principales líderes miskitos, sumus, ramas y sandinistas unidos (MISURASATA), entre ellos Steadman Fagoth, fueran detenidos. La zona de Prinzapolka fue testigo de estos enfrentamientos que produjeron muertos y heridos en ambos grupos. Las comunidades indígenas, principalmente de Waspam y Puerto Cabezas, intensificaron la resistencia y se opusieron cada día más abiertamente a la revolución cuando sus líderes no eran liberados.

En ese mismo periodo, el FSLN decide evacuar a los habitantes miskitos de la ribera del río Coco y trasladarlos lejos de la zona. Sin embargo, la verdadera finalidad del FSLN no era proteger a la comunidad miskita, sino romper la base social que tenían los miskitos levantados en armas en el territorio de Honduras y también otorgar amnistía a los propios sandinistas involucrados en los delitos contra los miskitos. 

En enero de 1982 empieza el traslado de las comunidades indígenas, pero sin previo aviso para no alertar a la Contra. El Ejército quemó sus casas y sus cultivos. Este traslado fue fuertemente criticado por los grupos opositores y los obispos católicos, y aumentó el repudio de las comunidades indígenas hacia el Gobierno sandinista. En algunos casos se violaron los derechos más elementales, ya que testigos oculares aseguraron que hubo una masacre perpetrada por el FSLN en estas comunidades. 

Amnistías en Nicaragua: una patraña jurídica de los sandinistas 
Recorte de un periódico con la noticia del éxodo masivo de miskitos a Honduras en 1983. Cortesía.

El primero de diciembre de 1983 se emitió en los medios de comunicación el decreto de amnistía para el caso de los miskitos en la llamada Navidad Roja, pero no dio el resultado tranquilizador esperado, ya que tres semanas después, el 23 de diciembre, unos 2 mil miskitos de la comunidad Francia Sirpe, cercana a la frontera con Honduras, huyeron de Nicaragua y arribaron en territorio hondureño. El entonces obispo católico de Bluefields, monseñor Salvador Schlaefer acompañó a los miskitos en esta larga caminata.

El ingeniero Bolaños afirmó en su investigación que “a veces conviene echar un velo que cubra ciertos delitos en ciertos momentos históricos”, porque la sociedad se dañaría más con la ejecución de la pena que con la impunidad que da la amnistía o el indulto, según sea el caso. Sin embargo, Nicaragua nunca lo ha sido. 

Por otro lado, el diputado Wálmaro Gutiérrez puso como ejemplos las amnistías que han sido aplicadas en otros países, como Argentina, Colombia, El Salvador, Honduras y España. Sin embargo, un informe de las Naciones Unidas desmiente lo dicho por el diputado sandinista, al tomar como modelo a Argentina. Este país sudamericano aprobó las leyes de amnistía en el decenio de 1980, el Gobierno defendió sus medidas por cuanto había una “necesidad imperativa de la reconciliación nacional y la consolidación del sistema democrático”. 

En 2003 el Congreso de Argentina anuló las leyes con efecto retroactivo; dos años más tarde su Corte Suprema ratificó las medidas del Congreso. Dos décadas después de los intentos fallidos de golpe de los años ochenta en Argentina, “la Argentina ha tenido más juicios de derechos humanos de transición que cualquier otro país del mundo y ha disfrutado del periodo ininterrumpido de más larga duración de gobierno democrático de su historia”.

Diferencia entre amnistía e indulto

Amnistías en Nicaragua: una patraña jurídica de los sandinistas 
Un hombre que cubre su rostro con la bandera de Nicaragua asiste junto a decenas de personas a una misa de acción de gracias por la liberación de los que la oposición considera presos políticos, en la Catedral Metropolitana de Managua, Nicaragua. El Gobierno excarceló a unas 442 personas que estaban presas por haber participado en protestas contra el presidente Ortega, de las cuales las últimas 106 lo hicieron bajo la Ley de Amnistía. EFE/ Jorge Torres

Es importante diferenciar estos dos términos, ya que la amnistía no es perdón, no es indulto. El indulto reconoce que el delito existió, que la persona sigue siendo culpable, pero se perdona el cumplimiento de la pena: se le levanta el castigo. Por ejemplo, si la persona asesinó, el indulto deja establecido que asesinó, pero que se le perdona la pena que establece el asesinato.

La amnistía especifica que el hecho pasa al olvido y por lo tanto tampoco puede haber pena. Concedida la amnistía —el olvido— la inocencia no admite duda; es decir, nadie puede siquiera reclamar que es inocente, simplemente porque el hecho acusado jurídicamente jamás existió, pasó al olvido. Al inocente, la amnistía no le daña en nada, mientras que el indulto, el perdón, sí lo hace perder hasta el derecho de hablar de su inocencia.

Sin embargo, la última amnistía existente en Nicaragua tiene un elemento diferenciador: el principio de la no repetición. Además, es la primera amnistía en la historia de Nicaragua en la que expresamente se declara como beneficiarios a las personas que aún no han sido investigadas; protegiendo a paramilitares o fuerzas paraestatales que actuaron en coordinación o con la venia de la Policía Nacional.

“Y yo quiero hacer un señalamiento muy particular en este tema del olvido, porque cuando hablamos del olvido hablamos del olvido legal, o sea borrón y cuenta nueva desde el punto de vista legal, no estamos hablando de un olvido, porque es imposible, un olvido moral, un olvido social, un olvido histórico, porque las sociedades que olvidan lo que han vivido, están condenadas a repetir esas experiencias y nosotros no podemos olvidar, porque es la única manera de garantizar no volver al pasado, pero históricamente el concepto de la amnistía así se te presentaba”, aclaró el diputado sandinista.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), manifestó su preocupación por la Ley de Amnistía en el momento de su aprobación por la Asamblea Nacional, ya que su contenido ambiguo y amplio puede dejar en la impunidad las graves violaciones a los derechos humanos que han sido ampliamente documentadas, evitar el establecimiento de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, así como restringir los derechos y las garantías de la sociedad nicaragüense contenidos en la Convención Americana.

Un ejemplo de esta impunidad, fue la excarcelación del paramilitar Pierson Gutiérrez Solís, quien confesó que le quitó la vida a la estudiante brasileña Raynéia Gabrielle Lima. Sobre este caso, la CIDH denunció en su momento que se aplicó de forma incorrecta la Ley de Amnistía.

En la presentación de su último informe, la CIDH reiteró su solidaridad con las víctimas de la crisis política, social y de derechos humanos iniciada en abril de 2018. Mientras que, observa la persistencia de un contexto de impunidad generalizada respecto de las graves violaciones a derechos humanos cometidas en el marco de la represión estatal a las protestas sociales, las cuales resultaron en la muerte de al menos 355 personas; más de 2 mil personas heridas; más de 1.614 detenidas; cientos de despidos arbitrarios de profesionales de la salud; más de 150 expulsiones injustificadas de estudiantes universitarios y; más de 150 mil personas se habrían visto forzadas a huir del país y a buscar protección internacional en Costa Rica, según datos de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Asimismo, la cancelación de más de 1.400 personerías jurídicas de organizaciones de la sociedad civil por parte del Gobierno.

Lo que dice Naciones Unidas sobre las amnistías 

Amnistías en Nicaragua: una patraña jurídica de los sandinistas 
El líder opositor Yubrank Suazo (c) grita “Justicia” en medio de una multitud que lo recibe tras ser liberado y llevado a casa por custodios del Sistema Penitenciario Nacional, en Masaya, Nicaragua. Suazo había sido liberado bajo la Ley de Amnistía, sin embargo, fue nuevamente encarcelado el 18 de mayo de 2022. EFE/ Jorge Torres

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) afirma que las amnistías que impiden el enjuiciamiento de las personas que pueden resultar jurídicamente responsables de crímenes de guerra, genocidio, crímenes de lesa humanidad y otras violaciones graves de los derechos humanos son incompatibles con las obligaciones que incumben a los Estados en virtud de diversas fuentes de derecho internacional, así como con la política de las Naciones Unidas. “Además, las amnistías no pueden limitar el derecho de las víctimas de violaciones de derechos humanos o de crímenes de guerra a un recurso efectivo y reparación, ni pueden obstaculizar el derecho de las víctimas o de las sociedades a conocer la verdad acerca de esas violaciones”.

Las Naciones Unidas señala que la política de oponerse a las amnistías relativas a crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, genocidio o violaciones graves de derechos humanos, incluso en el contexto de las negociaciones de paz, constituye una evolución importante basada en una experiencia de larga data. Las amnistías que exoneran de sanción penal a los responsables de crímenes atroces en la esperanza de garantizar la paz suelen fracasar en el logro de su objetivo, y en lugar de ello han alentado a sus beneficiarios a cometer nuevos crímenes. Por el contrario, se ha llegado a acuerdos de paz sin disposiciones relativas a amnistía en algunas situaciones en que se había dicho que la amnistía era una condición necesaria de la paz y en que muchos temían que los enjuiciamientos prolongaran el conflicto.