Asamblea Nacional del régimen ratifica la pérdida de la nacionalidad para los “traidores a la patria”

Gustavo Porras, presidente orteguista del Parlamento, justificó la medida represiva diciendo “que en una acción patriótica y de homenaje a nuestro guía antimperialista, quien traicione a Nicaragua, no puede ser hijo de Nicaragua, y tiene que perder la nacionalidad”, durante el acto de conmemoración del natalicio del poeta Rubén Darío

Esta reforma se suma a la Ley Especial que Regula la Pérdida de la Nacionalidad Nicaragüense. Divergentes | Tomada de la Asamblea Nacional

La Asamblea Nacional, subyugada a la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo, aprobó en segundad legislatura la reforma artículo 21 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, ratificando que que cualquier nicaragüense acusado de “traición a la patria” por el régimen sandinista, perderá su nacionalidad.

Dicho artículo señalaba que “la adquisición, pérdida y recuperación de la nacionalidad serán reguladas por las leyes”. Ahora dentro de sus condiciones, está lo que la dictadura orteguista establece como traición a la patria.

“Esta reforma constitucional deja claro junto con la Ley de Pérdida de Nacionalidad que aquel que traiciona Nicaragua, que traiciona la patria, que es vende patria como dijo Sandino, pierde la nacionalidad”, dijo el magistrado orteguista  y presidente de la Asamblea Nacional, Gustavo Porras, durante la conmemoración del natalicio del poeta Rubén Darío.

“No es a la fuerza que alguien deba de llamarse nicaragüense, sino que es un honor llamarse nicaragüense. Aquel que no lo quiera, que traiciona a la madre, a Nicaragua, no puede ser hijo de la madre, no puede ser hijo de Nicaragua y tiene que perder la nacionalidad”, continuó durante el acto.

Según Porras, la reforma se realiza como “una acción patriótica y de homenaje a nuestro guía antimperialista”, Rubén Darío, quien de acuerdo con él, fue conocido no solo por sus poemas, sino también “por su posición antiimperialista y nacionalista”.

Esta reforma a la Constitución política se suma a la Ley Especial que Regula la Pérdida de Nacionalidad Nicaragüense, la cual ya establecía que cualquier persona acusada de transgredir la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, Soberanía y Autodeterminación para la Paz, perdería su nacionalidad. Esta Ley Especial también se avalaba en el artículo 21 de la Constitución Nacional.

Dicha ley fue aprobada el 9 de febrero de 2023, mismo día en que la dictadura desterró a 222 personas presas políticas a Washington D.C, Estados Unidos. Desde entonces, la ley ha sido utilizada arbitrariamente en más de 320 personas


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