Régimen inaugura una nueva etapa represiva contra los nicaragüenses: despojo de nacionalidad

De manera irregular, la dictadura declaró que 94 nicaragüenses fueron sentenciados como “traidores a la patria”, despojándolos de esta forma de su nacionalidad. La medida es un desparpajo jurídico inédito, e inaugura una nueva etapa en la vira hacia el radicalismo absoluto del régimen sandinista

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En menos de una semana Daniel Ortega ha despojado de su nacionalidad a 316 nicaragüenses. Foto: Presidencia.

Un nuevo modelo represivo empieza a aplicarse en Nicaragua, luego de que la cárcel y los juicios “espurios” fuesen explotados en su totalidad. Se trata del destierro acompañado de muerte civil, confiscación y, lo que podría ser más grave según algunos analistas, el despojo de la nacionalidad. La medida, considerada como un desparpajo jurídico, empieza a ser aplicada a distancia y, sobre todo, hacia nicaragüenses críticos contra la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo que están en el exilio. La lista incluye a periodistas, activistas, miembros de la sociedad civil y actores de la oposición en el exilio. Todos ellos, que suman 94, han sido declarados como “traidores a la patria”, sin celebrarse un juicio ni contar con el derecho a la defensa.

“Lo que veo son actos desesperados que me permiten deducir que nos estamos acercando al final del túnel, porque esto no se puede calificar de otra manera que desesperación. Han procedido de una manera atropellada, sin ningún tipo de fundamento legal”, explicó el politólogo Enrique Sáenz, quien en esta ocasión su análisis lo realiza desde un primer plano. Él fue uno de los 94 nicaragüenses acusados de traición en ausencia.

“Me parece una solemne payasada que, gracias a Dios, fortalece nuestra convicción, nuestra voluntad y nuestro estado de ánimo”, remarcó el economista y exdiputado. Tras la medida, algunos de los afectados han compartido banderas de Nicaragua y mensajes en los que reafirman su nacionalidad.

Por su parte, Alexa Zamora, activista de la sociedad civil y afectada por la medida, manifestó que “en términos políticos esta es una represalia contra las personas que hemos hecho nuestro trabajo en denunciar al régimen y que además lo vamos a seguir haciendo”.

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“Diálogo” cada vez más lejano

Para Sáenz las acciones represivas que ha seguido ejecutando el régimen luego del destierro de 222 presos políticos agotaron cualquier intento de diálogo que diversos actores claves en la región empezaron a ver como viable, tras desterrar a los presos políticos. “Dio un paso adelante que él mismo lo envenenó. Esta medida es exactamente la confesión del fracaso. El paso que dio fue excarcelar a los rehenes que tenía en la mano, como no le salió bien, ahora, según él, golpea y lo desmoraliza. Sin embargo, en el fondo es un acto demencial de un grupo mafioso”, añadió.

El 9 de febrero la dictadura desterró a 222 presos de conciencia que estaban encarcelados en los penitenciarios del país, en una acción sin precedentes en la historia nicaragüense. Durante la noche de dicho día, Ortega aseguró que no existió ninguna negociación de por medio y que no solicitó nada a cambio a Estados Unidos, país que gestionó la salida y llegada de los excarcelados. El caudillo sandinista también reiteró que la anulación de la nacionalidad de los presos era un “acto de honor”.

Una acción de probatoria “ilegalidad”

La acción impuesta por el régimen sandinista en esta jornada fue llevada a cabo por el Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM), a cargo del magistrado orteguista Ernesto Rodríguez, presidente del Tribunal. Para el abogado Juan Diego Barberena, la acción tiene ilegalidad de origen.

“Estamos ante una violación colosal al principio de presunción de inocencia, porque la autoridad decide, sin tener competencias, que estas personas son traidores a la patria y les interpone una sanción penal accesoria. Es decir, es una violación absoluta a la presunción de inocencia que establece claramente el artículo 34 de la Constitución Política y los artículos 1 al 16 del Código Procesal Penal”, detalló el jurista.

Otro aspecto que destaca el abogado corresponde a la nula jurisdicción que tiene el Tribunal de Apelaciones para despojar de la nacionalidad a los nicaragüenses. “Este tipo de sentencias no pueden ser dictadas por el Tribunal de Apelaciones, que tiene una función jurisdiccional, o conocer sobre los recursos o medios de impugnación. Su competencia no estriba alrededor de privar de la nacionalidad a ciudadanos nicaragüenses. Por mucho que establezca que la autoridad competente es el Poder Judicial, se debe estipular individualmente cuál es la autoridad o el órgano jurisdiccional competente. Esto que hoy vimos fue una sentencia del Tribunal de Apelaciones”, remarcó.


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