El engañoso tuit de Bukele sobre los nazis y las pandillas

La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó este cinco de abril una reforma al Código Penal para sancionar la elaboración y la reproducción ilegal de mensajes alusivos a pandillas. Se establecen penas de 10 a 15 años para medios que “reproduzcan y transmitan mensajes originados o presuntamente originados por pandillas”. Sin embargo, Nayib Bukele se escudó en la prohibición de la simbología nazi en Alemania en un esfuerzo de justificar la aprobación de la nueva reforma.


Lo dicho:

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Engañoso - Los datos no son suficientes para afirmar la información.

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El mensaje publicado en Twitter por el presidente salvadoreño Nayib Bukele es engañoso, ya que afirmar que toda la simbología nazi fue prohibida por ley deja por fuera algunas de las excepciones mencionadas en el Código Penal de Alemania. 

El Código Penal contiene una reglamentación detallada y de gran complejidad, que intenta recoger todas las casuísticas sobre el uso de la simbología nazi. Está totalmente prohibida la esvástica, el saludo hitleriano, el himno del Partido Nazi y el uso o distribución de símbolos y canciones nazis, así como también la imagen de Adolf Hitler, según el artículo 86 del Código Penal alemán. 

El catálogo de prohibiciones, en el que interviene la Oficina Federal para la Protección de la Constitución, es muy detallado e incluye desde la cruz céltica del prohibido Movimiento Socialista Popular-Partido del Trabajo, pasando por el Triángulo de Comandancia de la Federación de Jóvenes Alemanas, las condecoraciones del partido NSDAP, el símbolo de la calavera de las unidades SS del Partido Nazi, los estandartes del Führer, las banderas de guerra del III Reich, la Orden de la Sangre que se entregó a los participantes en el intento de golpe de Estado de Múnich, los brazaletes con la esvástica, las dagas de las SS, y la insignia de cabezas rapadas con la victoria.

También está prohibido negar el Holocausto, un intento que siempre ha perseguido la ultraderecha alemana, esto está penado con hasta 5 años de prisión. Igualmente, la legislación alemana también prevé multas y penas de prisión de hasta 3 años si se distribuye material que pretenda continuar “los esfuerzos de una organización nacionalsocialista”.

A pesar de esto, también existe una larga lista de excepciones justificadas, según una publicación de la televisión alemana Deutsche Welle. Este sería el caso si los símbolos se tienen que utilizar por razones pedagógicas, en la defensa ante ataques a la Constitución, por razones de arte, de ciencia, de investigación o enseñanza, o en caso de que se tenga que informar de hechos de actualidad, históricos y “propósitos similares”. También se permite cualquier adaptación satírica, o la cruz gamada con una raya que la atraviese, como dictó la Justicia alemana en 2007.

Asimismo está permitido que cualquier persona pueda tener algún artículo con la esvástica, de la SS u otros símbolos inconstitucionales, “si puede garantizar que solo un número limitado de personas lo puede ver”. Es legal también vender un casco original de las SS en un mercado de calle, si se tapan los símbolos. En cambio no se puede vender una réplica de este casco.

Una de las excepciones recientemente incorporadas fue aprobada en el año 2018, y autoriza que se puedan ver símbolos nazis como las esvásticas en videojuegos referentes a la Segunda Guerra Mundial. Hasta entonces se veían, pero siempre modificados, como también sucedió inicialmente en las películas.

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Sin embargo, la reforma al Código Penal salvadoreño establece penas de 10 a 15 años para medios que “reproduzcan y transmitan mensajes originados o presuntamente originados por pandillas que pudieran generar zozobra y pánico a la población”. El uso del término “presuntamente” queda abierto a muchas interpretaciones y en derecho penal es considerado un término peligroso. 

La reforma al Código Penal incluso ha sido comparada con la Ley Especial de Ciberdelitos en Nicaragua que decreta en su artículo 30: “Quien, usando las Tecnologías la Comunicación, publique o difunda información falsa y/o tergiversada, que produzca alarma, temor, zozobra en la población, se impondrá la pena de 2 a 4 años de prisión y 300 a 500 días multa”.