La pena de muerte como propaganda electoral en Guatemala

En cada elección presidencial en el país centroamericano sale a flote la reactivación de la pena de muerte. Sin embargo, especialistas explican que llevarlo a cabo es inaplicable y no es más que una propaganda electoral. El equipo de DiverCheck te explica

Pena de muerte

La discusión sobre la pena de muerte reaparece en Guatemala ante graves hechos de violencia, y especialmente en período electoral. En un reciente acto de graduación de agentes de la Policía, el presidente Alejandro Giammattei reabrió el debate tras el asesinato de una niña de siete años en Villa Nueva. 

“No seguiremos impasibles ni timoratos”, dijo el mandatario, y anunció que reforzará la lucha contra sicarios y pandillas. “No me temblaría la mano si son llevados y condenados a pena de muerte”, señaló al pedirle al Congreso que tome las medidas para que este castigo vuelva a ser efectivo.

En las últimas semanas, el Congreso de Guatemala ha mantenido una discusión que busca reactivar la pena de muerte. Este martes 12 de abril, los diputados conocieron en segunda lectura la iniciativa 6189, “Ley para la aplicación de recurso de gracia o indulto de pena de muerte”. La discusión avanza rápidamente en el pleno y se espera que en la próxima sesión plenaria, se apruebe en tercera lectura y posteriormente en redacción final. 

La propuesta consta de 28 artículos, en los que se detalla el procedimiento para que las personas condenadas a la pena capital planteen el recurso de gracia.

Se establece que dichas peticiones ingresarán a la Secretaría General de la Presidencia y el mandatario tendría 30 días para emitir la resolución, y en caso de que se aplique el perdón, la pena se sustituirá por la condena máxima de tiempo en la cárcel que contemple el delito por el que se juzgó a la persona.

Un breve repaso de la pena de muerte en Guatemala

La pena de muerte es una pena legal en Guatemala. Se ejecuta mediante inyección letal y, en menor medida, fusilamiento. Solamente se encuentra contemplada en los códigos de justicia militar y fue abolida para los delitos civiles en octubre de 2017.

El Código Penal, Decreto 17-73 del Congreso de la República establece en su artículo 44 que la muerte es una de las penas principales. El Código Penal señala la pena de muerte para seis delitos, los cuales son: delito de parricidio (artículo 131), delito de asesinato (artículo 132), delito de ejecución extrajudicial (artículo 132 bis), delito de plagio o secuestro (artículo 201), delito de desaparición forzada (artículo 201 ter) y por el delito de caso de muerte (artículo 383). 

Desde 1983, cinco ejecuciones se transmitieron en vivo por televisión. Las últimas ejecuciones se realizaron el 29 de junio del 2000, cuando los secuestradores y asesinos Amilcar Cetino Pérez y Tomás Cerrate Hernández fueron ejecutados por inyección letal en vivo por televisión.

No obstante, en 2017, Guatemala abolió la pena de muerte para delitos civiles. Actualmente, la pena de muerte sólo puede aplicarse en tiempos de guerra. Guatemala es uno de los siete países que ha abolido la pena capital sólo para delitos comunes.

Inaplicable e inconstitucional

Alejandro Giammattei, presidente de Guatemala, en el Palacio Nacional de la Cultura (sede de Gobierno) en Ciudad de Guatemala. EFE/ Esteban Biba
Alejandro Giammattei, presidente de Guatemala, en el Palacio Nacional de la Cultura (sede de Gobierno) en Ciudad de Guatemala. EFE/ Esteban Biba

La propuesta ha avanzado en el pleno debido al apoyo del oficialismo y otras bancadas, aunque la oposición señala que es un tema “meramente político y electoral”. La encuesta CID Gallup de diciembre pasado mostró en el ítem referido a los ofrecimientos políticos en relación con las elecciones, que un 16% consideró “algo importante” aplicar la pena de muerte y un 45% “muy importante”.

Por otro lado, aunque la pena de muerte todavía figura en la Constitución guatemalteca, esta no es posible aplicarla. El Pacto de San José, al que Guatemala se adhirió, exige que se permita el derecho a indulto, pero esto es imposible, ya que en el año 2000 el Congreso derogó el reglamento para que los reos lo soliciten. El convenio prohíbe que la pena de muerte sea extendida a delitos que no contemplaba en el momento de adhesión.

Durante la discusión en el Congreso, la Comisión de Derechos Humanos invitó al profesor universitario Oswaldo Samayoa quien expuso que es inaplicable la pena de muerte, ya que no existe dentro de los textos legales la posibilidad de la aplicación.

“Guatemala ya entrada en una moratoria de hecho, es decir, que por resoluciones de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Constitucionalidad es inaplicable la pena de muerte y no existe dentro de los textos legales con posibilidad de aplicación, si existe como pena”, indicó Samayoa.

Por lo anterior, explicó que para que sea aplicable la pena de muerte debía legislarse nuevamente la creación de la misma, sin embargo, estaría en contra de la disposición de la Corte Interamericana, así como al ordenamiento constitucional guatemalteco que garantiza la vida desde su concepción.

Guatemala ha votado a favor de la Moratoria de la Pena de Muerte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 2007, 2010, 2012, 2014 y 2016. El país se abstuvo de votar en el año 2008.