Es falsa la imagen de “la redistribución de la propiedad para el bien común”

En los últimos días ha circulado nuevamente en las aplicaciones de mensajería un supuesto artículo sobre la redistribución de la propiedad.


Lo dicho:

“Se considerarán abandonados y pasarán a propiedad del Estado, todos aquellos bienes muebles o inmuebles, títulos, valores y acciones, de cualquier naturaleza que pertenezcan a nicaragüenses que se hayan ausentado o se ausenten del país y no hayan regresado después de 24 meses”.

Clasificación:

Falso - La información no es verdadera

Verificamos:

Esta imagen ya había circulado durante las protestas de Abril 2018. Nuevamente aparece luego de las elecciones sin competencia y durante una de las mayores olas de migración en el país. La imagen señala un supuesto Artículo 10 que asegura que los bienes cuyos dueños se hayan ausentado más de dos años pasarán a propiedad del Estado. 

El equipo de Fact-Checking de DIVERGENTES consultó la Ley 278 y la Ley 209 sobre la estabilidad de la propiedad y no existe ninguna reforma. 

La Constitución Política de Nicaragua de 1987 establecía un mecanismo para tomar la propiedad de los privados, la única manera era mediante la figura de la confiscación. Las reformas constitucionales posteriores a partir de 1995 eliminaron esta forma jurídica de confiscar.

Sin embargo, el gobierno ha confiscado de facto propiedades como la redacción de Confidencial, del Instituto para el Desarrollo y la Democracia (Ipade), del Canal 100% Noticias, de dos oficinas del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), de Popol Na y el Centro de Información y Servicios de Asesoría en Salud (CISAS) entre el 2018 y 2019. Dichas confiscaciones se concretaron al inaugurarse centros de rehabilitación y casas maternas.

Otro ejemplo es la situación del ahora preso político, Michael Healy, quien tiene propiedades confiscadas, así como una treintena de productores, cuyas 4,800 manzanas se encontraban invadidas. 

En julio de 2020, el gobierno se expropió de las propiedades de ONG como Fundación del Río, seis áreas que suman un total de 454 manzanas de bosques que corresponden a dos terrenos rurales donde se ubican áreas de reforestación y regeneración natural. 

Actualmente se prohíbe cualquier tipo de confiscación. “Los nicaragüenses tienen derecho a la propiedad personal que le garantice los bienes necesarios y esenciales para su desarrollo integral”, se leía en el artículo 44.

En 1995, dicho artículo de la Constitución Política fue reformado y se prohibió la confiscación de propiedades privadas. Se lee que los bienes inmuebles solo “por causa de utilidad pública o de interés social pueden ser objeto de expropiación de acuerdo a la ley, pago previo en efectivo de justa indemnización”. También reza que los funcionarios que infrinjan esta disposición responden con sus bienes en todo el tiempo por los daños inferidos.