Lo dicho:
“El Ministerio del Interior del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional de Nicaragua informa a nuestro Pueblo que luego de una necesaria indagación sobre origen de propiedades y vínculos familiares que no coinciden con la condición sacerdotal del Señor Obispo Emérito Abelardo Mata, este ha retornado a su vivienda, donde permanece en perfectas condiciones.
El Señor Abelardo Mata ha brindado declaraciones sobre distintos episodios violatorios de las Leyes Nacionales, que el Pueblo nicaragüense ha conocido en diferentes momentos y tiempos…”, reza la nota de prensa publicada por el Ministerio del Interior.
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El Ministerio del Interior de Nicaragua emitió este 4 de julio de 2026 una nota de prensa donde se informa a los nicaragüenses que el obispo emérito de la Diócesis de Estelí, Juan Abelardo Mata, crítico del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo fue enviado a su vivienda, “en perfectas condiciones”, luego de estar siendo objeto de investigación por parte de la Policía Nacional.
Mata fue secuestrado por la dictadura el 30 de junio de 2026, y hasta hoy el régimen dio señales sobre su paradero.
El Ministerio del Interior enfatizó en su misiva que “el Señor Abelardo Mata ha brindado declaraciones sobre distintos episodios violatorios de las Leyes Nacionales, que el Pueblo nicaragüense ha conocido en diferentes momentos y tiempos”.
Sin embargo, un abogado consultado por DIVERGENTES en condición de anonimato cuestiona la nota de prensa, pues según el Ministerio del Interior el obispo Mata fue indagado sobre “el origen propiedades y vínculos familiares que no coinciden con la condición sacerdotal”, obviando el régimen cuál es la irregularidad concreta que encontraron las autoridades y la relación jurídica que existe con el jerarca católico de 80 años.
“Esta nota de prensa genera ambigüedad y puede interpretarse como una afirmación sin fundamento legal, además de usar un lenguaje subjetivo y político”, manifiesta el abogado. Agrega que las autoridades estatales están insinuando que el obispo tiene bienes o relaciones familiares que consideran irregulares o cuestionables.
Enfatiza que el lenguaje de: “no coincide con la condición sacerdotal” no es un término jurídico claro, “a mi juicio es un juicio moral y político que evidencia un claro señalamiento o desacreditación de él como figura crítica de la Iglesia. En ningún momento es una acusación legal formal… Hay una falta de precisión temporal y procesal”.
El abogado añade que expresiones como “nuestro pueblo”, “respeto y consideración que caracteriza a los organismos” son valorativas y no propias de un comunicado oficial, por lo que, deja claro que en el derecho administrativo, los comunicados deben de ser “objetivos, técnicos y neutrales”.
Es decir, según el jurista, existe ausencia de base legal en “su secuestro”. Primero, la nota de prensa expresa que “ha brindado declaraciones sobre episodios violatorios de las Leyes Nacionales”, pero luego se dice que “ha sido tratado con respeto”, lo que denota “una acusación indirecta, mientras luego intenta suavizar, lo que genera incoherencia narrativa”.
Por último, el abogado enfatiza que la comunicación del Ministerio del Interior tampoco señala el proceso de indagación, qué autoridad la ordenó, si existe una resolución administrativa, cuáles eran las propiedades, qué vínculo existe con el familiar y tampoco cita la norma legal que faculta a estas autoridades a realizar procesos de indagación.
El abogado desnacionalizado, Yader Morazán en su cuenta de Facebook también se refirió a la comunicación del régimen afirmando que “¡no existe proceso legal alguno en Nicaragua que permita retener a un obispo durante días para ‘indagar’ propiedades y vínculos familiares!”.
Morazán recordó que Mata fue “detenido arbitrariamente”, luego que después de celebrar una misa, el jerarca pidiera orar por la “Iglesia perseguida”. El abogado fue claro en su posición: “¡Se están disparando solos, al admitir un acto de secuestro puro. El proceso penal exige juez, defensa y plazos; el administrativo no trae consigo la privación de la libertad y el civil, juicio ordinario contradictorio. Lo que describe el régimen es una confesión pública de represión”.
