Lo dicho:
“Según el Estudio Mundial sobre Homicidio, de la oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, si un marero, pandillero o criminal muere en enfrentamiento directo con la policía, NO se cuenta como homicidio”.
Según el Estudio Mundial sobre Homicidio, de la oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, si un marero, pandillero o criminal muere en enfrentamiento directo con la policía, NO se cuenta como homicidio.
Seguramente, esto no les va gustar a unos “periodistas” pic.twitter.com/5JnMa5NaBP
— Christian Guevara 🇸🇻 (@ChrisGuevaraG) January 10, 2023
Clasificación:
Verificamos:
Lo publicado por varios de los diputados de Nuevas Ideas del por qué las muertes de mareros no se cuentan como homicidio es falso.
No se toman en cuenta los pandilleros fallecidos por atacar a las fuerzas del orden. (ONU)
El 65% de los 495 homicidios del 2022 se cometieron antes del #RégimenDeExcepción.
ES 495 (dic)
CR 606 (dic)
HN 3,397 (dic)
GT 3,947 (7dic)
NIC no pública cifras, pero ronda los 500. https://t.co/OPsk53DkN9 pic.twitter.com/YU3k0Azrhg— William Soriano 🇸🇻 (@WilliamSorianoH) January 10, 2023
Un estudio realizado por la Corte IDH a las legislaciones penales de 20 países latinoamericanos señala que en principio hay diez países en donde una privación arbitraria de la vida por parte de un particular y de un agente del Estado tendrían el mismo valor y, por ende, la misma pena por tipificarse como homicidio simple, y en otros habría una pena agravada por ser un homicidio especial (como en el caso de El Salvador). Mientras que sólo en uno existe la tipificación específica de la ejecución extrajudicial (caso de Guatemala).
En el caso específico de El Salvador, su Código Penal menciona en el artículo 129 lo relacionado al homicidio agravado. Se considera homicidio agravado “cuando fuere ejecutado en la persona de un funcionario público, autoridad pública, agente de autoridad, o en miembros del personal penitenciario, sea que se encuentren o no en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de las mismas”.
Por otro lado, según los datos proporcionados por el mismo documento utilizado por los diputados de Nuevas Ideas, este señala que no deben excluirse de las estadísticas de homicidios intencionales todas las muertes causadas por las fuerzas de seguridad. De acuerdo con la Clasificación Internacional del Delito, solo deben dejarse afuera aquellas en las que no hubo uso excesivo de la fuerza.
“No obstante, se debe de tener en cuenta que las muertes que resultan a causa del uso excesivo de la fuerza durante la imposición de la ley o a través del uso excesivo de la fuerza en defensa propia se consideran homicidios intencionales u homicidios no negligentes y no intencionales, y por lo tanto se deberían de contar como tales”.
A los 615 que la PNC registró en 2022 le restan 120 homicidios, la mayoría de supuestos pandilleros fallecidos en presuntos enfrentamientos con autoridades. A los 1,147 homicidios de 2021 no le restan nada. Tergiversación pura y dura, barata además. https://t.co/pGeahIlcwS
— Roberto Valencia (@cguanacas) January 5, 2023