Ley de Ciberdelitos en Guatemala, ¿una nueva mordaza para la libertad de expresión? 

El recién aprobado Decreto 39-2022, Ley de Prevención y Protección contra la Ciberdelincuencia, fue elaborado con el objetivo de “proteger integralmente a las personas, sus bienes y derechos, relativo a los sistemas que utilicen tecnologías de la información”. Sin embargo, los expertos aseguran que la ley puede ser “mal usada” para otros fines, en un momento de álgida persecución al periodismo y quienes exponen la corrupción. El equipo de DiverCheck te explica


En la misma semana que dio inicio la cacería del periodista José Rubén Zamora, director de elPeriódico, el Congreso de la República de Guatemala también aprobó el Decreto 39-2022 que contiene la Ley de Prevención y Protección contra la Ciberdelincuencia.

La normativa fue aprobada con 100 votos la noche del jueves 4 de agosto de 2022. El siguiente paso es la sanción o veto del presidente Alejandro Giammattei y su posterior publicación en el Diario Oficial. Muchos temen que esta normativa sea otra mordaza para la libertad de expresión y prensa en un país que criminaliza especialmente a las voces que exponen o denuncian la corrupción endémica, como periodistas, jueces y fiscales. 

El marco normativo contiene 44 artículos en los cuales se intentan regular los avances de las tecnologías de la información y las comunicaciones, creando una ley especial que defina las conductas delictivas a fin de proteger los datos personales e intimidad informática con mayor énfasis en los niños y adolescentes, que son los más vulnerables a grupos ilícitos que operan a través de las redes sociales. Una argumentación muy parecida a la ley de Ciberdelitos de Nicaragua cuyo fin principal ha sido encarcelar a ciudadanos críticos y opositores con penas de hasta ocho años. 

Las penas que contempla la Ley van desde los tres hasta los siete años de prisión y una multa de 20 a 400 salarios mínimos mensuales vigentes para actividades no agrícolas. Y considera un agravante específico en el artículo 18, con un aumento de la pena en una tercera parte cuando las víctimas son niños y adolescentes.

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Con la normativa emitida se busca “fortalecer la seguridad informática y promover el uso responsable de las herramientas digitales”. Además, se creó el Centro de Seguridad Institucional de Respuesta Técnica ante Incidentes Informáticos.

La Ley aprobada contiene varios artículos en los cuales se detalla la definición de algunos términos y crea nuevos delitos como el “Acoso por medios cibernéticos o ciberacoso”. Este en específico, señala que se comete acoso por medios informáticos al intimidar o asediar a una persona o grupo de personas. Así como divulgar información confidencial de otras personas que afecte su honor o su salud física o psicológica.

También contiene varios artículos para incorporar medios digitales para la obtención de evidencias, creación de órganos y pruebas en el proceso penal. 

“Es inconstitucional” 

Ley de Ciberdelitos en Guatemala, ¿una nueva mordaza para la libertad de expresión? 
Vista del Congreso de Guatemala en Ciudad de Guatemala, Guatemala. EFE/Esteban Biba

El abogado Gabriel Orellana explicó al medio guatemalteco Prensa Libre que de los 44 artículos que contiene la normativa, uno podría atentar contra la libertad de expresión, el número 19, en su penúltimo párrafo, en el cual se expone “la poca calidad de nuestros legisladores, y no es con ánimo peyorativo, porque ningún tratado regula esos casos, simple y llanamente está hablando de los derechos de emisión del pensamiento y de la libre expresión”, dijo Orellana.

“Es inconstitucional esta Ley y su problema fundamental es una pésima redacción, y da la impresión de que no es una legislación concebida y redactada aquí, sino que la copiaron, por eso tiene ciertas inconsistencias con nuestro derecho”, y de cobrar vigencia la normativa previa a las elecciones su fin sería “acallar la voz de todos aquellos que manden mensajes de determinados políticos” por medio de redes sociales. El experto en derecho constitucional subrayó que “un funcionario público no tiene vida privada y debe cuidar su reputación”.

Por otro lado, las organizaciones Acción Ciudadana (AC) y Transparencia Internacional emitieron un comunicado conjunto en el que muestran su preocupación por los efectos que podría tener dicha ley sobre la libertad de expresión.

“La reciente aprobación del Decreto 39-2022, Ley de Prevención y Protección contra el cibercrimen por parte del Congreso de la República de Guatemala es inconstitucional y atenta contra el derecho de libre emisión del pensamiento y libertad de expresión”, señala el documento.

El comunicado indica que el artículo 9 de la Ley es contrario al artículo 35 de la Constitución Política de la República de Guatemala: “Es libre el acceso a las fuentes de información y ninguna autoridad podrá limitar ese derecho”.

Además, refiere que contradice al artículo 5 de La Ley de Emisión del Pensamiento: “La libertad de información es irrestricta y los periodistas tendrán acceso a todas las fuentes de información”.

También la Ley difiere con el Principio 8 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “Todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales”.

Los múltiples rechazos a la Ley

Un comunicado de la Cámara Guatemalteca de Periodismo (CGP) señala que “la normativa incurre en graves amenazas a la libre emisión del pensamiento, derecho constitucionalmente garantizado y reconocido en el artículo 35 de la norma suprema (Constitución)”.

Además, menciona que “el artículo 9 de dicho decreto, si bien puede tener la intención de sancionar el acceso ilegal y posterior difusión de información confidencial de carácter personal o comercial, restringe peligrosamente la libertad que debe tener todo periodista y medio de comunicación a poder informar sobre posibles hechos de interés público”.

La CGP detalla que “el artículo 19 es aún más preocupante pues tipifica como delictuosas conductas que pueden ser realizadas en el legítimo ejercicio de la libertad de expresión”.

También que “preocupa, tanto más, que funcionarios públicos que estén sujetos al escrutinio y señalamientos puedan hacer uso de esa norma para acallar críticas y perseguir opositores”.

“Esta Cámara se pronuncia de manera enfática en contra de la entrada en vigor de la Ley de Prevención y Protección contra la Ciberdelincuencia, tal como fue aprobada por el Congreso de la República. Hacemos un llamado al presidente de la República, Alejandro Giammattei para que vete dicho decreto y el Congreso pueda redactar una ley que proteja contra la ciberdelincuencia, pero a la vez garantice irrestrictamente el derecho constitucional a la libre emisión del pensamiento, que es lo que caracteriza a un Estado democrático y civilizado”, concluye el documento.

El nueve de agosto la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG) también mostró su rechazo a la aprobación de la Ley contra la ciberdelincuencia. Según la Asociación, con el Decreto 39-2022 se pretende criminalizar las publicaciones periodísticas y las críticas en plataformas digitales, mientras con la iniciativa se promueve el uso indiscriminado de la fuerza letal en manifestaciones. 

“Dichas propuestas están dirigidas a menoscabar los derechos de libertad de expresión, libertad de prensa, libertad de manifestación y continuar implantando un ambiente general de censura y autocensura”, se lee en el comunicado.