La demanda de justicia de Aída Carrión por el asesinato de su hija no sucumbe pese a los años. Se han necesitado 14 años de lucha contra la impunidad para que la muerte de Dina Alexandra Carrión, ocurrida el 3 de abril de 2010, finalmente llegara a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
En la audiencia pública del caso Carrión y otros versus Nicaragua, realizada este miércoles 3 de julio, se evaluó la responsabilidad del Estado de Nicaragua sobre la debida beligerancia en cuanto a las investigaciones sobre la muerte de Dina Carrión, cuyos familiares aseguran que fue asesinada por su esposo, Juan Carlos Siles, y que su muerte no se trató de un suicidio, como determinó el Ministerio Público de Nicaragua.
Pese a que el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo se ausentó en la audiencia, Aída Carrión, junto a su familia, acusaron al Estado nicaragüense de brindar impunidad a Siles, obstruir su búsqueda de justicia y de actuar parcialmente a favor del que ella asegura es el femicida de su hija.
“Sabemos que hubo mano criminal por la manera en que (Dina) fue encontrada, ensangrentada, como si la hubiesen colocado ahí”, señaló Aída Carrión en su testimonio. “Quiero ver a Juan Carlos Siles en el banquillo de los acusados y que responda por el asesinato de mi hija, quiero que dé la cara”, dice.
Recibe nuestro boletín semanal
Además de la familia de Carrión, organizaciones de derechos humanos nicaragüenses y peritos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) acompañan la denuncia.
Cabe destacar que la CIDH estableció el 22 de febrero de 2022, que el Estado de Nicaragua violó los derechos a las garantías judiciales, protección judicial y al deber de investigar los hechos de violencia contra la mujer, en perjuicio de Dina Carrión.
“La CIDH consideró que el Estado de Nicaragua violó los derechos a las garantías judiciales, protección judicial y el deber de investigar los hechos de violencia contra la mujer en perjuicio de Dina Carrión”, señala la Comisión.
CSJ cerró totalmente las puertas al caso en 2019
La sospecha del asesinato surgió cuando Dina Carrión fue encontrada muerta en su casa en abril de 2010 por Juan Carlos Siles, quien se encontraba en la misma propiedad al momento de su muerte. En ese momento, Carrión se encontraba en proceso de divorcio y tenía la custodia de su hijo, de ese entonces seis años.
El dictamen médico legal estableció que Carrión se suicidó con un arma de fuego, pero sus familiares aseguraron que ella tenía signos de violencia en el cuerpo y que la escena de su muerte no parecía la de un suicidio: Carrión de rodillas, con un balazo en el pecho y el arma a dos metros de ella.
Después que la familia miró el estado en que se encontraba el cuerpo de Dina, Valeria Carrión, su hermana, denunció a Siles ante la Policía Nacional por violencia física, maltrato psicológico y verbal contra su hermana, y por no reportar la muerte de manera inmediata.
Luego de una investigación parcial de acuerdo a sus familiares, el Ministerio Público concluyó que Carrión se suicidó debido a “la inestabilidad emocional y atención psiquiátricas”. El caso fue archivado solo dos meses después.
En 2011, la Fiscalía revocó el archivo para investigar diferentes inconsistencias, y en 2013, se presentó una acusación contra Siles como presunto autor del delito de parricidio, ya que la tipificación legal del femicidio no existía en el país en ese momento. Sin embargo, Siles presentó un amparo que fue admitido, y se suspendió el proceso.
En 2019, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dio lugar al recurso de amparo y dejó sin efecto la resolución del 2011 y la acusación de la Fiscalía del 2013.
Justicia no fue imparcial
Su hermana mayor, Aída Mercedes Carrión, expresó en el estrado que Dina Carrión era una persona que tenía planes de vida y que no mostraba signos de intentar un suicidio. Alegó que al contrario, su máxima prioridad era cuidar a su hijo. Además, Dina Carrión en múltiples momentos le manifestó diferentes situaciones de violencia que había vivido con su esposo.
“Nosotros sabíamos que él ejercía demasiado control sobre ella y que le quería quitar el niño. Ese era el miedo de ella, que le quitaran a su hijo”, contó. “Mi esposo le ofreció irse a vivir con nosotros y su hijo en Miami, pero ella decía ‘no, cuñado, ese hombre me mata si no me quedo aquí, me mata si yo le quito al niño’ y ella siempre decía eso”, agregó.
Las sospechas de que se trataba realmente de un asesinato se avivaron cuando Siles ofreció a la familia incinerar el cuerpo de Dina, y se confirmaron para ellos, cuando vieron su cuerpo con múltiples señales de violencia.
“Dina tenía golpes en los pómulos, un morado en la cien, escoriaciones en las manos, el brazo izquierdo rojo, un pedazo menos del dedo anular izquierdo, excoriaciones y laceraciones en las piernas. Era un cuerpo que no era acorde a un supuesto suicidio”, señaló Aída Mercedes.
“Mi mamá pidió el expediente del caso a la Policía, pero no se lo querían dar”, indicó. De acuerdo con ella, Siles hizo tráfico de influencia tanto en la Policía Nacional, como en las demás instituciones, razón por la cual las investigaciones no fueron exhaustivas y lo libraron de total responsabilidad.
No hubo estándares mínimos de investigación en el caso
Mariela Labozzetta, perita de la CIDH, aseguró ante los jueces de la Corte IDH que el Estado nicaragüense no cumplió con los principios básicos del proceso de debida diligencia reforzada, es decir, el proceso de investigación de un caso para garantizar el acceso a la justicia.
“No se investigó la muerte bajo la sospecha de femicidio, pese a que había indicios. No hubo exhaustividad en la investigación. No se tomó en cuenta las víctimas indirectas. No se preservó la escena del crimen. No hubo entrevistas a testigos. No hubo una investigación libre de estereotipos de género”, enumera.
Según Labozzeta, cada muerte se debe de investigar primero bajo la sospecha de femicidio, “independientemente que el caso a priori parezca suicidio”. En el caso de Dina Carrión todavía era más necesario debido a los antecedentes de violencia de su esposo y el testimonio de sus hermanas, que muchas veces fueron testigo de esta violencia.
Aunque se trata de un suicidio, un suicidio se investiga siempre bajo la sospecha de un crimen, dice Labozzeta. “Hasta que se descarta un crimen causado por terceros, es que se determina si hubo suicidios, pero este no fue el caso. Por esto decimos que no hubo exhaustividad en la investigación”, explica.
Conclusión del Ministerio Público basada en estereotipos de género
La razón por la que el Ministerio Público concluyó que Dina Carrión se suicidó fue basado en estereotipos de género, señala la perita. “Hubo conclusiones sobre su salud mental que son contraintuitivas y tenían sesgos de género. ‘Se suicidó porque estaba en un proceso de divorcio’. Con esto pareciera que las mujeres solo viven en función de su marido”, dice.
También hubo problemas con la recolección de pruebas porque no se resguardaron correctamente. No hubo fotografías del cadáver. Y la información interpuesta por la familia no fue tomada en cuenta en la autopsia, expresa Labozzetta.
Testigos claves como personal de seguridad que se encontraba cerca de la casa, vecinos y familiares, tampoco fueron incluidos en la investigación. Para la perita, el Estado nicaragüense tuvo parcialidad en el caso desde el principio.
Antes de finalizar, Aída Carrión solicitó a los jueces de la Corte IDH reparación para ella y sus hijas, que después de la muerte de Dina Carrión, fueron gravemente afectadas psicológicamente.
Además, aseguró en la audiencia que debido a la violencia política que vive el país desde 2018, está imposibilitada de regresar a Nicaragua. Pues, su casa ha sido asediada en varias ocasiones por agentes de la Policía Nacional y muchas veces el trabajo de su organización, Fundación Dina Carrión —que ayuda a niños huérfanos por femicidios— ha sido obstaculizada.