Antes de irse, el presidente Carlos Alvarado veta parcialmente una “Ley Mordaza” en Costa Rica

El saliente presidente de Costa Rica, Carlos Alvarado, vetó parcialmente este viernes la Ley General de Acceso a la Información Pública y Transparencia, conocida popularmente como “Ley Mordaza” que impondría cortapisas al periodismo en el país que goza del ambiente más saludable para la libertad de prensa en Centroamérica. DIVERGENTES te explica más sobre esta iniciativa y el por qué de este veto


La nueva Ley General de Acceso a la Información Pública fue aprobada en un segundo debate el pasado 26 de abril, al cierre de la gestión de la Asamblea Legislativa. Cuarenta diputados votaron a favor sin discutir la ley. El proyecto 20.799 fue propuesto por la diputada de Nueva República, Carmen Chan, en mayo de 2018. Sin embargo, esta ley fue ampliamente criticada por la prensa costarricense ya que la legislación “impone una mordaza a los medios de comunicación”, que estarían impedidos de investigar y publicar información referida a hechos de corrupción.

Especialistas en derecho y comunicación habían valorado que los diputados crearon nuevas restricciones que podrían ser inconstitucionales, y sugirieron que parte del artículo que crea nuevos límites para la información pública debía vetarse desde el Poder Ejecutivo. 

El artículo 8 de la iniciativa de ley dispone qué documentos de carácter público en poder de las instituciones se considera información de acceso público, salvo con las siguientes excepciones: 

  • Información declarada como secreto de Estado: el secreto de Estado deberá ser declarado mediante decreto emitido por el Poder Ejecutivo, a través del presidente de la República actuando en conjunto con el ministro del ramo, conforme a lo dispuesto en los artículos 146 y 30 de la Constitución Política y a las disposiciones de esta ley. La declaratoria deberá ser motivada por criterios técnicos, jurídicos y políticos. El presidente de la República y el ministro del ramo respectivo comunicarán el Acto de Declaratoria de Secreto de Estado a la Asamblea Legislativa. Se excluye de la declaratoria de secreto de Estado lo relativo a derechos fundamentales.
  • Los datos personales de acuerdo con lo establecido en la Ley 8968, Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, así como los documentos y las comunicaciones privadas tutelados por el artículo 24 de la Constitución Política.
  • Información cuya divulgación ponga en riesgo la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona. El riesgo deberá ser comprobado y el acto que lo declare deberá ser motivado.
  • La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.
  • Los datos personales que requieran el consentimiento de los individuos para su difusión.
  • El secreto profesional, comercial, industrial, fiscal, económico, bancario, fiduciario y propiedad intelectual.
  • Información acumulada para prevención e investigación de delitos, investigaciones preliminares de carácter judicial o administrativa. La información contenida en el expediente administrativo o judicial será confidencial, salvo para las partes, los representantes o cualquier abogado, de conformidad con lo estipulado en el artículo 272.1 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, de 2 de mayo de 1978.
  • Información de carácter tributario contenida en los expedientes administrativos de carácter individual, que no sea de interés público o para fines estadísticos.
  • Patentes y derecho de autor.
  • Las auditorías que se encuentran en proceso de elaboración.
  • Lo relativo a estudios e investigaciones sobre procesos disciplinarios, los expedientes en trámite y las resoluciones administrativas.

La ley también había cambiado el plazo de diez días hábiles para entregar la información solicitada que las instituciones públicas aplican a la prensa y a la ciudadanía, pasándolo a cinco días hábiles cuando la información esté preconstruida o disponible en archivos. En el caso de que fuera solicitada por algún medio de comunicación o prensa esta debía ser entregada en un plazo de 48 horas.

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Asimismo, la ley ordena a los jefes de las instituciones públicas a iniciar procesos administrativos sancionatorios contra los funcionarios que violen el derecho de acceso a la información pública.

“Vamos a correr para vetarla” 

Antes de irse, el presidente Carlos Alvarado veta parcialmente una “Ley Mordaza” en Costa Rica
Carlos Alvarado, durante la presentación del último informe anual de labores ante el Congreso, en San José (Costa Rica). EFE/ Roberto Carlos Sánchez/Casa Presidencial

“La ley llegó ayer al final del día, es lo que me informan; a nosotros nos quedan dos días, vamos a correr para vetarla, vamos a correr”, afirmó Alvarado la mañana del jueves 5 de mayo en el programa radiofónico Malas Compañías. El medio digital CRHoy dio a conocer que el proyecto llegó a las 5:30 p.m. del miércoles, lo que significaba que el mandatario sólo tenía dos días para poder definir el futuro de esta iniciativa.

Carlos Alvarado entregará el poder el próximo domingo 8 de mayo al mediodía al presidente electo Rodrigo Chaves, quien durante su campaña electoral atacó al periodismo, tildándolo de “prensa canalla”. 

Alvarado explicó que tanto su ministro de Comunicación, Agustín Castro, como abogados, redactaron el texto por medio del cual el Poder Ejecutivo rechaza convertir en ley los incisos d), g) y k) del artículo 8 de la ley sobre Límites del derecho de acceso a la información de asuntos de interés público, los cuales impiden que los periodistas informen a la ciudadanía sobre la “prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios”.

En acto efectuado en casa presidencial, los ministros de la Presidencia, Giannina Dinarte, y de Comunicación, Agustín Castro, también firmaron el veto parcial a los incisos b), e), f), g), h) e i) del artículo 8, del mencionado Decreto Legislativo, por oportunidad y conveniencia.

Por razones de constitucionalidad vetó los incisos d) y k), los cuales representan un riesgo para el pleno ejercicio del derecho de acceso a la información pública y para la libertad de prensa, por lo que resultan inconstitucionales, además que evidencian roces con la Constitución Política y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Por otro lado, el presidente electo admitió no tener una posición clara sobre el proyecto 20.799 durante una conferencia de prensa que se llevó a cabo el día 3 de mayo. Chaves presentó al resto de su gabinete, el futuro mandatario sí fue enfático al advertir que vetaría un proyecto recién presentado para usar el Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) para el pago de deudas, aunque dijo que no lo ha leído. Sin embargo, en el caso de la Ley Mordaza, Chaves titubeó y pidió tiempo para dar un criterio.