Corte de EE. UU. ratifica fin del TPS para Nicaragua y Honduras tras apelación

Un panel del Noveno Circuito de Apelaciones suspendió la orden judicial que protegía a casi 89 000 migrantes de Nicaragua, Honduras y Nepal. La decisión otorga una victoria política a la secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, quien califica el programa como una “amnistía de facto”, dejando a miles de familias centroamericanas en un limbo legal inmediato

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Foto de Archivo: Nicaragüenses y hondureños en 2021 en una marcha para solicitar un nuevo TPS durante la administración Biden. EFE/ Lenin Nolly

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Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos falló, este 9 de febrero, a favor del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), permitiendo que la administración continúe con el proceso de terminación del Estatus de Protección Temporal (TPS) para ciudadanos de Nicaragua, Honduras y Nepal.

La resolución congela la medida cautelar que la jueza de distrito Trina Thompson había emitido anteriormente para bloquear la cancelación del programa. Según el tribunal, el Gobierno demostró una “probabilidad de éxito” en sus argumentos legales y sostuvo que mantener la vigencia del TPS causaría un “daño irreparable” a la autoridad del Ejecutivo para gestionar la política migratoria.

Kristi Noem, secretaria del DHS, celebró el fallo asegurando que el programa fue “abusado para permitir la entrada de criminales y amenazas a la seguridad nacional”. Noem afirmó que la situación en estos países ha mejorado lo suficiente como para concluir lo que nació como una designación temporal.

Preparando recomendación…

Nicaragua y Honduras recibieron el TPS tras el impacto del huracán Mitch en 1998. Durante 27 años, este beneficio ha permitido a miles de personas trabajar legalmente y echar raíces en territorio estadounidense. Sin embargo, el enfoque de la actual administración no se centra en la represión política en Nicaragua o la inseguridad en Honduras, sino en la interpretación de que el TPS es un programa “viciado”. 

Al calificarlo como una “amnistía de facto”, la administración busca cerrar una vía legal que considera un incentivo para la migración irregular.

Este fallo se alinea con la tendencia reciente de las cortes federales de otorgar mayor discrecionalidad al Poder Ejecutivo en asuntos de soberanía y frontera, un cambio de paradigma que debilita las protecciones humanitarias históricas para Centroamérica.

¿Qué significa esto para los beneficiarios?

Aunque el fallo es un golpe significativo, no implica una deportación inmediata. Los afectados deben considerar los siguientes puntos:

  • Vigencia de documentos: La orden judicial está en una fase de pausa mientras se resuelve la apelación completa. Los beneficiarios deben verificar la validez de sus Documentos de Autorización de Empleo (EAD) a través de los canales oficiales del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).
  • Periodos de gracia: Históricamente, el DHS otorga un periodo de transición (frecuentemente de seis a 18 meses) antes de que la protección expire totalmente, permitiendo a las personas preparar su retorno o buscar otras vías legales.
  • Asesoría legal: Es fundamental que los nicaragüenses y hondureños bajo TPS consulten con especialistas en inmigración para explorar alternativas como el asilo, peticiones familiares o visas de trabajo antes de que concluya el calendario procesal.


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