Las presiones del Sistema Financiero Nacional ante la aprobación de la ley de los sancionados

Gabriela vive en el exilio desde 2018. Como único sustento de su familia, envía remesas mensualmente a Nicaragua. Sin embargo, la nueva Ley de Protección de los Nicaragüenses ante Sanciones y Agresiones Externas, impulsada por el régimen Ortega-Murillo, ha encendido sus alarmas: teme que su apoyo financiero sea catalogado como una “agresión extranjera”. ¿Qué implica realmente esta ley para los nicaragüenses comunes? El equipo de Diver-Check te lo explica


Nicaragua enfrenta un contexto de presión internacional y restricciones económicas debido a la naturaleza del Gobierno, señalado por organismos internacionales como responsable de crímenes de lesa humanidad y tratos degradantes. A esto se suma la criminalización de quienes disienten del régimen y la eliminación de derechos fundamentales como la libertad de expresión, movilización y asociación.z

En este marco, la Ley 1224, aprobada el 25 de noviembre por la Asamblea Nacional, controlada por el Frente Sandinista, promete proteger a los ciudadanos de las sanciones internacionales. Sin embargo, especialistas advierten que podría convertirse en un nuevo instrumento de control y represión bajo el pretexto de “defender la soberanía”. Como Gabriela, muchos nicaragüenses en plataformas digitales expresan su preocupación por el impacto real de esta medida.

¿Protección a los ciudadanos o blindaje para el régimen?

El presidente Daniel Ortega envió la iniciativa de la Ley 1224 a la Asamblea Nacional el 18 de noviembre, solicitando que se le “conceda el trámite de formación de ley”. En su exposición, argumenta que “Estados o grupos de Estados, Gobiernos u Organismos Extranjeros han venido imponiendo sanciones y agresiones a otros países, con el fin de imponer sus posiciones e intereses políticos, militares, económicos y comerciales”.

Según Ortega, es imperativo crear un marco normativo que “proteja a los nicaragüenses” de estas sanciones internacionales, las cuales —según su versión— ponen en riesgo la soberanía, los planes de desarrollo y la economía nacional. Un planteamiento que, curiosamente, omite mencionar las razones de fondo que han motivado estas sanciones: los crímenes de lesa humanidad y el ataque sistemático a los derechos fundamentales de los ciudadanos nicaragüenses.

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Siete días después, la Asamblea Nacional aprueba la ley después de un intenso descargo de los diputados en contra de los Gobiernos y organismos internacionales que han sancionado a los mismos funcionarios del régimen, tal como es el caso del diputado sandinista-sancionado por Estados Unidos señalado de actos represivos-Wálmaro Gutiérrez, quien mencionó durante su extenso discurso haber sido convocado para aprobar una ley, que “a consideración muy personal, escribe en letras de oro una de las páginas más hermosas dedicada a la soberanía, a la independencia y a la autodeterminación de nuestro país”. 

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La Siboif será la encargada de supervisar la ejecución de la ley de los sancionados. Divergentes| Tomada de El19 Digital

Gutiérrez afirmó que las sanciones han sido “prostituidas” y “utilizadas con fines políticos”, además de calificarlas como “absurdas porque buscan someter y arrodillar a los pueblos del mundo” reforzando la idea de que la nueva ley busca frenar las disposiciones extranjeras dentro del territorio nacional. 

En una entrevista con Canal 4, Gutiérrez enfatizó que no es posible que otros Gobiernos vengan a Nicaragua a imponer sanciones. Sin embargo, no profundizó en las razones detrás de estas medidas, implementadas por países como Estados Unidos, Canadá, Noruega, España, entre otras decenas de naciones. La única retórica de Gutiérrez fue insistir en que la población debe comprender que estas sanciones representan “una agresión de una potencia extranjera que, como se siente con recursos y poder, quiere allanar, someter a países como el de Nicaragua”.

Gutiérrez insistió que “en base a esta ley, ninguna sanción de connotación política proveniente de un Gobierno extranjero puede ser aplicable en el territorio nacional”. Sin embargo, y con una coherencia sorprendente, reconoce que, a pesar de la ley recién aprobada, Nicaragua no puede desconocer “los tratados y acuerdos internacionales que de manera libre, soberana e independiente contrae con organismos internacionales”. 

Dicho esto, no dejó de recordar que Nicaragua es miembro del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional), el GAFILAT (Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica) y el Grupo Egmont, donde se reconocen y adoptan todas las resoluciones internacionales.

El diputado Filiberto Rodríguez, presidente de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, expresó a la oficialista Revista En Vivo, su preocupación por los sancionados —es decir, los mismos operadores del régimen—, señalando que “no pueden tener una cuenta en el banco ni tener tarjetas, no pueden hacer nada, entonces no es ese el sentido, porque al final cuántos sancionados tenemos en Nicaragua y aquí están como nicaragüenses, aquí están firmes, aquí están trabajando duro para defender esta patria, esta Revolución”.

La soberanía es la justificación de cajón 

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El Parlamento de Nicaragua aprobó la iniciativa de Ley de Protección de los Nicaragüenses ante Sanciones y Agresiones Externas de cualquier medida unilateral en contra del país latinoamericano. Divergente| Foto tomada de JP.

La nueva ley consta de siete artículos. El primero de ellos establece el objetivo de la legislación, que, según los diputados sandinistas, tiene la noble intención de proteger a los nicaragüenses y las instituciones objeto de sanciones por parte de otros Gobiernos y organismos internacionales. Esta ley, a juicio de Gutiérrez, evitará que la soberanía del país y los planes de desarrollo se vean comprometidos, poniendo especial énfasis en la libertad de comercio, la cual, según él, ha sido afectada por las sanciones que “generan ingresos al régimen”.

El artículo dos explica que se trata de una ley de orden público, lo que significa que se aplicará a todas las instituciones regionales, municipales y nacionales, ya sean personas jurídicas o naturales, abarcando tanto empresas públicas como privadas. Una verdadera carta abierta a que todos los sectores del país se alineen bajo el mismo manto protector.

El artículo tres de la legislación define ciertos conceptos de interés, como el de las sanciones a las “medidas coercitivas unilaterales e ilegales”, las cuales, según la nueva ley, comprenden “acciones económicas, comerciales o de otra índole implementadas por Estados, grupos de Estados, Gobiernos u Organismos Extranjeros”. 

En su análisis, el régimen sostiene que estas medidas buscan debilitar la soberanía y el derecho de autodeterminación, ya que intentan influir en las decisiones políticas y económicas del país.

“Medidas restrictivas discriminatorias”

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Las Instituciones financieras no deben ofrecer apoyo económico que permita la permanencia de una situación creada por crímenes de lesa humanidad, ni deben financiar proyectos de desarrollo que causen impactos adversos a los derechos humanos,  denuncian organizaciones de la sociedad civil ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Foto: Divergentes/Cortesía.

Las Instituciones Financieras no deben ofrecer apoyo económico que permita la permanencia de una situación creada por crímenes de lesa humanidad, ni deben financiar proyectos de desarrollo que causen impactos adversos a los derechos humanos,  denuncian organizaciones de la sociedad civil ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Foto: Divergentes/Cortesía.

La ley también se refiere a las “medidas restrictivas discriminatorias”, las cuales, según la legislación, son derivadas o vinculadas a las “medidas coercitivas unilaterales” implementadas por organizaciones internacionales o entidades privadas. Estas medidas incluyen la negativa a “realizar transacciones o servicios que, en condiciones normales, serían proporcionados”.

Según opositores, el simple acto de negarse a hacer negocios con alguien que ha sido sancionado es una “agresión imperial” contra la soberanía nicaragüense, y no un intento de que se cumpla con las normativas internacionales.

El artículo cuatro de la Ley de Protección de los Nicaragüenses ante Sanciones y Agresiones Externas ratifica que las sanciones que otros Estados y organismos internacionales son inaplicables al Estado de Nicaragua. “Se declaran nulas y sin efecto jurídico alguno las sanciones”, dado que violan el derecho internacional.

Manuel Orozco, director del Programa de Migración, Remesas y Desarrollo del Diálogo Interamericano aclaró en un tuit, que “la acción de violar derechos humanos es vinculante con el crimen financiero cuando una entidad jurídica o física que tiene una actividad económica con Estados Unidos —directa o indirectamente— por sus actos transgresivos está yendo contra la legislación y política de Estados Unidos”. 

Además, la ley aclara que las sanciones no se aplicarán a adquisiciones necesarias para garantizar la seguridad, defensa y protección del país, es decir, que el régimen podría seguir adquiriendo bienes y servicios que considere esenciales para la seguridad nacional, sin que esto sea afectado por sanciones. 

Multas a las instituciones públicas reguladoras

La ley también deja claro que las entidades públicas reguladoras del Estado podrían enfrentar sanciones y multas si violan los derechos de los usuarios y consumidores al aplicar sanciones extranjeras.

De acuerdo con el artículo 5, las instituciones públicas encargadas de la regulación tienen la facultad de imponer medidas adicionales a aquellos infractores, que pueden incluir la suspensión temporal o definitiva de sus operaciones. Todo esto, por supuesto, sin obviar las responsabilidades penales que podrían derivarse del delito de “Traición a la Patria”.

Por su parte, Manuel Orozco señala que “la ley forzará a los bancos a acatar la normativa (e inclusive puede decidir hacerla retroactiva), lo que hará que los bancos ejecuten Voluntary s Self-Disclosures (VSDs) ante el Tesoro y el Dept. de Justicia, e incluso otras entidades fuera de Estados Unidos”, e incluso otras entidades fuera de los Estados Unidos”. Ante esta situación, el especialista afirma que “Nicaragua está formalmente autocalificándose como un Estado forajido”.

https://twitter.com/manuelorozco65/status/1859368869837869383

Juan Sebastián Chamorro, ex reo político y economista, señala que el artículo 6 de la nueva ley coloca al sector financiero en una encrucijada: por un lado, están obligados por la normativa nacional a mantener o reabrir cuentas de personas sancionadas; por otro, deben cumplir con las regulaciones internacionales que prohíben explícitamente que los bancos ofrezcan servicios a sancionados. Un dilema que no parece tener una solución simple.

En este contexto, la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (Siboif) emitió una circular el 27 de noviembre dirigida a los gerentes de bancos nicaragüenses. En esta, se reafirma que “las instituciones financieras deberán mantener la observancia de las regulaciones contra el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo”. 

El documento, firmado por el superintendente Luis Ángel Montenegro, enfatiza además que “las instituciones financieras deberán establecer medidas de debida diligencia intensificada para los clientes designados en listas y deberán reportarlos a la Unidad de Análisis Financiero (UAF)”. Asimismo, se aclara que “debe verificarse que la prestación de servicios financieros internacionales para estos clientes guarde correspondencia con las regulaciones contractuales internacionales”.

Así, mientras la nueva ley plantea desafíos legales y éticos, la Siboif parece enviar un mensaje ambiguo: cumplir con la legislación nacional sin comprometer los estándares internacionales. Sin embargo, esto no descarta que el Gobierno conserve esta ley como una herramienta estratégica, lista para ser utilizada a su conveniencia en el momento que considere oportuno.

Banqueros a la espera del reglamento de ley

Una fuente ligada al sector bancario, que solicitó mantenerse en anonimato, asegura que los banqueros no han mostrado mayor preocupación y están a la espera de directrices por parte de los reguladores y de la implementación de la ley, señalando que, por ahora, todo se reduce a especulaciones. 

Por su parte, una representante bancaria indicó que, hasta el momento, los directivos de su institución no han emitido ninguna instrucción específica sobre el tema. Sin embargo, destacó que la población ha comenzado a acudir a las oficinas bancarias para consultar posibles implicaciones, particularmente en lo relacionado con las remesas y el control del Estado a cuentas bancarias dejando una incertidumbre en el sector bancario.

Corresponsalías bancarias en riesgo

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La gran interrogante es como van a reaccionar las corresponsalías bancarias ante lo establecido en la ley de los sancionados. Divergentes| EFE.

Juan Sebastián Chamorro también aborda el impacto de la ley en las corresponsalías, es decir, las relaciones o transacciones que se realizan entre bancos nicaragüenses y bancos internacionales. 

Asimismo, señala que el envío de remesas se realiza a través de acuerdos entre bancos locales e internacionales. La nueva ley, sin embargo, coloca en un dilema a los bancos nacionales, ya que les exige abrir cuentas a personas sancionadas. Esto genera preocupación en los bancos corresponsales, pues al mantener relaciones comerciales con entidades que trabajan con sancionados, podrían incurrir en violaciones, dado que están supervisados por las instituciones financieras de sus países.

“La dictadura busca con esta ley proteger a sus funcionarios sancionados y declarar supuesta nulidad a las sanciones internacionales, un desafío directo a la normativa internacional que coloca a los banqueros entre la espada y la pared”, expresa el economista. 

En el caso de los tarjetahabientes, su situación depende directamente de las corresponsalías, lo que los expone a riesgos si el regulador en Estados Unidos decide sancionar a los bancos involucrados. Todo dependerá de la reacción del país que impone las sanciones y de cómo afecte estas relaciones comerciales. 

Chamorro, especial que si un banco extranjero decide romper su relación con su corresponsal nicaragüense, las repercusiones podrían ser drásticas: ausencia de tarjetas de crédito, interrupción en los pagos internacionales y posibles restricciones en el envío de remesas. Estas medidas no solo afectarían el clima de negocios del país, sino que tendrían un impacto directo en el sistema financiero del país.

Gabriela, al igual que decenas de ciudadanos que han acudido a los bancos buscando respuestas, sigue esperando claridad sobre las consecuencias de esta nueva ley. Pero la pregunta inevitable persiste: ¿esta legislación fue diseñada para proteger a los nicaragüenses o para blindar los privilegios de los aliados sancionados del régimen y garantizar su estabilidad política?