En la misma lógica de la concentración total del poder, consolidado con la nueva Constitución, los “copresidentes” Daniel Ortega y Rosario Murillo ordenaron reformar la Ley Electoral para someter a tope e institucionalmente al Consejo Supremo Electoral (CSE). Si bien ya era un control que de facto ya ejercían, siendo su mayor manifestación los repetidos fraudes electorales cometidos desde 2008, ahora la nueva normativa incorpora la figura de los “copresidentes”, amplía el periodo de Gobierno y reduce la cantidad de magistrados electorales.
La nueva Ley Electoral, que ya fue aprobada en lo general por los diputados adictos al Ejecutivo sandinista, inició “un ciclo de creación de nuevas leyes originado por la nueva Constitución Política, que entró en vigencia en febrero pasado, y ello origina que todo nuestro ordenamiento jurídico esté acorde con la Constitución Política”, dijo Gustavo Porras, jefe del hemiciclo y sancionado por la comunidad internacional.
“La Constitución Política de la República de Nicaragua, en su Artículo 170, reconoce a la Ley Electoral como una de las cuatro leyes constitucionales. Por tanto, resulta imperativo que dicha ley se encuentre en plena concordancia con los principios y disposiciones establecidos en la Carta Magna, a fin de preservar la coherencia y supremacía del ordenamiento jurídico nacional”, se lee en la fundamentación de la normativa.
En ese sentido, los dictadores ordenaron incorporar en la Ley Electoral la figura “copresidencial” que crearon en la Constitución OrMu, alarga de cinco a seis años el período de Gobierno, y establece que el Presidente y Vicepresidente del CSE serán designados directamente por el Ejecutivo.
Actualmente, los magistrados del CSE eligen internamente a su Presidente y Vicepresidente. Sin embargo, la reforma otorga al Ejecutivo la potestad de nombrar directamente a ambos cargos, quienes solo serán ratificados por la Asamblea Nacional, dominada por el oficialismo.
Otro punto clave es el alargamiento del período electoral. Mientras que la ley vigente establece campañas de 30 días para elecciones generales y 20 días para municipales, la reforma extiende este plazo hasta 60 días para cualquier tipo de elección. Asimismo, se separan las elecciones municipales de las generales, realizándose estas un año después de la elección presidencial. Según expertos, este cambio permitiría al partido gobernante reorganizarse y mantener el control político entre comicios.
Extingue la pluralidad

Además, la nueva Ley Electoral endurece los requisitos para la existencia de partidos políticos. Se establece que los partidos deben participar en todas las elecciones convocadas, incluyendo las municipales y regionales. De no hacerlo, perderán automáticamente su personería jurídica. Además, se endurecen las condiciones para el registro de partidos, exigiendo estructuras organizativas en todos los municipios del país, lo que dificulta la existencia de agrupaciones opositoras con menor capacidad de movilización.
Otro cambio relevante es el control del financiamiento de los partidos políticos. Se prohíbe completamente recibir fondos del extranjero y se restringe la posibilidad de recibir donaciones privadas sin la aprobación del CSE. Esto deja a los partidos opositores en una posición de desventaja financiera, mientras que el partido gobernante sigue recibiendo recursos estatales.
Además, el CSE obtiene nuevas facultades para cancelar la personería jurídica de los partidos políticos por razones ambiguas, como promover “injerencia extranjera” o violar “principios constitucionales”, conceptos que pueden ser interpretados de manera discrecional para eliminar a partidos críticos del Gobierno.
“Esto nos lleva a la conclusión de que estamos ante la conformación de un sistema de partido único, aunque haya otros comparsas que sirvan para la fachada. Establecen que los partidos políticos actuarán apegados a los principios constitucionales”, analiza para DIVERGENTES el abogado y opositor Juan-Diego Barberena. ¿Y cuáles son esos principios? Que Nicaragua es un Estado revolucionario; que Nicaragua es un Estado socialista… o sea que si una agrupación enarbola el pluralismo político en el marco liberal republicano, pues pues pierde su personería jurídica”, plantea.
El abogado además resalta que esta nueva Ley Electoral da especificidad jurídica a la posibilidad de que todos aquellos que sean declarados por el régimen como “traidores a la patria, que hayan violado los principios generales de la Constitución o hayan atentado en contra del orden constitucional, están impedidos para ser electos en cargos públicos”.