El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo ha ordenado a sus diputados reformar el artículo 97 de la Constitución Política de Nicaragua, el cual establece el marco legal de la Policía Nacional: la modificación no sólo subordina al ente represor todavía más al caudillo sandinista, sino que elimina el principio de que se trata de una “institución profesional, apolítica, apartidista, obediente y no deliberante”. El cambio fue aprobado la mañana de este miércoles cinco de julio por los legisladores con 91 votos a favor, 0 abstenciones y 0 en contra.
La propuesta de reforma le cambia la naturaleza civil a la Policía Nacional y la deja solamente como cuerpo armado, apunta la experta en temas de seguridad Elvira Cuadra. “Además ‘endurece’ la definición porque coloca de manera preeminente su subordinación a la Presidencia, la describe como una institución más de naturaleza coercitiva y hace a un lado el modelo preventivo, proactivo y comunitario”, agrega.
El diputado Mario José Asensio Florez fue quien convocó a una sesión ordinaria para este miércoles cinco de julio a las nueve de la mañana para abordar la reforma al artículo 97 y también la “Ley de Organización, funciones, carrera y régimen especial de seguridad social de la Policía Nacional (872)”. La convocatoria de Asensio Flores vino acompañada de las dos iniciativas de reforma.
La primera modificación propuesta –la de orden constitucional– establece ahora que “la Policía Nacional es un cuerpo armado, subordinado al presidente de la República, encargado de proteger la vida de los habitantes del país, preservar el orden social y el orden interno, garantizar la seguridad de las personas y las instituciones, velar por el respeto de los bienes nacionales, sociales y particulares, ejercer la prevención, persecución, e investigación del delito y prestar el auxilio necesario a las autoridades civiles y judiciales para el cumplimiento del desempeño de sus funciones”.
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Esta redacción elimina por completo la referencia a la profesionalización y apartidismo de la Policía Nacional, que desde 2018 funge como el principal brazo represor de la dictadura Ortega-Murillo, al mismo tiempo que la Jefatura Nacional tiene obediencia total a la pareja presidencial.
“En la ley de policía le quitan la característica de ser ‘un cuerpo armado de naturaleza civil, profesional, apolítica, apartidista, obediente y no deliberante’. No es cosa menor esa reforma. Cambia totalmente la naturaleza de la institución”, insiste Cuadra, exiliada en Costa Rica y una de las estudiosas más acuciosas de este cuerpo armado.
Además, remarcan la sumisión policial a la figura del Ejecutivo. Plantea la reforma: “La Policía Nacional depende de la autoridad ejercida por el Presidente de la República, en su carácter de Jefe Supremo y en estricto apego a la Constitución Política a la que guardará respeto y obediencia. En el cumplimiento de sus funciones la Policía Nacional se basa en el protagonismo de las personas, la familia y la comunidad. La organización interna de la Policía Nacional se fundamenta en la jerarquía única y en la disciplina de sus mandos y personal”.
Cárcel para desertores de la Policía
La reforma planteada a “Ley de Organización, funciones, carrera y régimen especial de seguridad social de la Policía Nacional (872)”, para ceñirse al nuevo cambio constitucional, añade tres nuevos artículos: delitos cometidos por el personal policial, incumplimiento de deberes y por último la deserción que no existe hasta ahora en el marco normativo de la institución.
La adición de la deserción es lo más llamativo para expertos en seguridad, porque ocurre en un contexto en el que decenas de policías han huido de las filas de la institución y escapan hacia otros países, como Estados Unidos y Costa Rica. El último caso conocido y sonado es la subcomisionada María de Jesús Guzmán Gutiérrez, jefa de bloque en Matagalpa, quien prometió “continuar al lado de nuestro pueblo” durante el 42 aniversario policial en septiembre de 2021, cuando ella y 109 oficiales más fueron ascendidos en ese departamento del norte de Nicaragua. Sin embargo, “menos de dos años después huyó a Estados Unidos”, denunció el abogado Yader Morazán, quien fue trabajador del sistema judicial.
El nuevo artículo establece que “el personal policial que abandone el servicio, lo que se considera deserción, incurriendo en un perjuicio grave a la seguridad ciudadana, será sancionado con una pena de dos a tres años de prisión”.
Sobre los delitos cometidos por el personal policial, a los oficiales les serán aplicados “los delitos contemplados en esta Ley, sin perjuicio de los establecidos en la Ley N°. 641, Código Penal”. En la adicción de “Incumplimiento de deberes”, “el personal policial que sin causa justificada desobedezca las órdenes de sus superiores, en perjuicio de la seguridad ciudadana, será sancionado con una pena de seis meses a dos años de prisión”.
“La conclusión general es que, tanto la reforma de la Constitución como de la ley de la policía, lo que pretende es subordinar más a la policía a la presidencia, además de establecer sanciones a quienes decidan no seguir las órdenes o abandonar su puesto”, remarcó la experta en seguridad Elvira Cuadra.
Con estas reformas, los Ortega-Murillo reeditan lo hecho a finales de 2020: sus diputados aprobaron un combo de leyes represivas (Ciberdelitos, Regulación de Agentes Extranjeros, Traición a la Patria y cadena perpetua) para dotar de un marco legal a la persecución que venían ejerciendo desde las protestas de 2018 contra opositores, periodistas, religiosos, partidos políticos, líderes de sociedad civil, feministas, campesinos y todo aquel considerado crítico.