De la Guardia somocista a la policía orteguista: Reformas institucionalizan un cuerpo armado “familiar”

La Asamblea Nacional de mayoría oficialista convierte a la organización en un cuerpo subordinado completamente a la dictadura sandinista, que en la última década ha sido empleada como un brazo represivo y persecutorio contra disidentes y opositores. Las diferencias entre la Guardia Nacional de Somoza y la Policía Nacional se diluyeron este miércoles

Varios agentes de policía escoltan el auto blindado de Daniel Ortega y Rosario Murillo. Foto de archivo de EFE.

Las diferencias entre la Policía Nacional y la Guardia Nacional de la dinastía somocista se diluyen luego de este miércoles, cuando la Asamblea controlada por el oficialismo aprobó dos reformas que, según expertos jurídicos, la convierten en un brazo represivo familiar. Desde ahora, el poder absoluto y la obediencia suprema de una de las instituciones que los mandatarios sandinistas desmantelaron hasta convertirla en un órgano de vigilancia, control y represión contra la población, quedó sellado a través de la Constitución nicaragüense y la Ley de Organización, Funciones, Carrera y Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía Nacional (Ley 872).

La Policía Nacional pasó a convertirse en un órgano cuyo carácter constitutivo dejó de ser el “estricto apego y subordinación a la Constitución”, para convertirse en un cuerpo cuyo control absoluto lo mantiene la dupla presidencial. “Esto es la configuración del Estado policial, que implica la subordinación, la sumisión y la dependencia absoluta de la Policía Nacional al grupo que ejerce el poder, para contener la movilidad política, ahora establecida en el rango constitucional. Es decir, no hay ningún impedimento constitucional para que las autoridades policiales no obedezcan a la dictadura”, explicó el abogado Juan Diego Barberena. 

Para el experto en temas jurídicos, este es uno de los puntos que más preocupación debería causar en los nicaragüenses. “Además de eso, se convierten en una especie de ejército familiar o de ejército partidario, y todo eso en el marco de la configuración de un Estado policial”, agregó.

Barberena ve reflejado esto en la modificación de orden constitucional que ahora establece que “la Policía Nacional es un cuerpo armado, subordinado al presidente de la República, encargado de proteger la vida de los habitantes del país, preservar el orden social y el orden interno, garantizar la seguridad de las personas y las instituciones, velar por el respeto de los bienes nacionales, sociales y particulares, ejercer la prevención, persecución, e investigación del delito y prestar el auxilio necesario a las autoridades civiles y judiciales para el cumplimiento del desempeño de sus funciones”. 

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Policías y paramilitares actuaron en conjunto en la represión de 2018. Foto de archivo de Carlos Herrera.

Para el jurista, las claves de esta modificación están en los términos “preservar el orden social e interno”, que en la dinámica represiva de la dictadura se puede traducir a darle continuidad a más acciones represivas, tal como se han cometido desde el estallido social de las protestas de abril de 2018.

“También, la Policía Nacional pasa a ser un órgano de control interno de su propia fila. Es decir, deja de ser además un órgano que controla a la sociedad externamente para evitar la movilidad política, y pasa a ser un control interno de sus miembros”, remarcó. Esto se evidencia en al menos dos artículos que cambia la reforma a la Ley 872. El nuevo artículo establece que “el personal policial que abandone el servicio, lo que se considera deserción, incurriendo en un perjuicio grave a la seguridad ciudadana, será sancionado con una pena de dos a tres años de prisión”.

Asimismo, a los oficiales les serán aplicados “los delitos contemplados en esta Ley, sin perjuicio de los establecidos en la Ley N°. 641, Código Penal”. En la adicción de “Incumplimiento de deberes”, “el personal policial que sin causa justificada desobedezca las órdenes de sus superiores, en perjuicio de la seguridad ciudadana, será sancionado con una pena de seis meses a dos años de prisión”. 

Represión institucionalizada

De la Guardia somocista a la policía orteguista: Reformas institucionalizan un cuerpo armado “familiar”
Policías de las tropas especiales resguardan los alrededores de la casa de Daniel Ortega y Rosario Murillo en Managua. Foto: archivo de EFE.

“Las reformas se enmarcan en el contexto de lo que vemos en el Centro de Estudios Transdisciplinarios de Centroamérica (Cetcam) como la institucionalización del Estado policial, que tiene dos vertientes: la primera es un cambio en el marco jurídico del país en función de legalizar una serie de medidas de naturaleza represiva sobre toda la sociedad nicaragüense; y la segunda, tiene que ver con una reconfiguración de las instituciones estatales para que respondan a este marco jurídico”, remarcó Elvira Cuadra, investigadora y experta en seguridad pública.

Para Cuadra, otro de los cambios que significan un retroceso en la institución policial tiene que ver con la naturaleza de la Policía. La Ley anterior a esta reforma de la Constitución señalaba que era un cuerpo armado de naturaleza civil. Las reformas lo dejan como un cuerpo armado a secas. “Esto conlleva a un tipo de función y estructura completamente distinta”, agregó Cuadra.

Por otra parte, la subordinación total al Ejecutivo y la obediencia absoluta a la figura del presidente, “han sido motivadas ante las deserciones y el descontento que hay a lo interno de la institución. Con todo ello, se está tratando de introducir medidas disciplinarias para presionar a los mismos efectivos y que el aparato policial no se vea reducido en su número o en sus capacidades”, agregó la analista.

El abogado y exfuncionario del Poder Judicial, Yader Morazán, también tiene una lectura similar. “Al fin institucionalizan la famosa frase: ‘Son órdenes de arriba’.(párrafo último del art. 1 referente a la Naturaleza de la PN – R. Ley 872), el que textualmente dice: ‘Su organización interna se fundamenta en la jerarquía única y en la disciplina de sus mandos y personal’”. Esta frase que el jurista utiliza de ejemplo es la que los agentes de la Dirección de Auxilio Judicial (DAJ) y de otras ramas de la Policía solían emplear cuando realizaban tratos degradantes a los presos políticos.


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