Complices Divergentes
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Juan Diego Barberena

Juan-Diego Barberena
6 de marzo 2025

Lo que sigue tras la aprobación intempestiva de la nueva Ley Electoral en Nicaragua


La Asamblea Nacional orteguista, disminuida a órgano en función de la familia “co-presidencial”, aprobó una nueva Ley Electoral los días martes y miércoles de la presente semana, tras ser presentada por Daniel Ortega y Rosario Murillo el día lunes… Es decir, que la nueva norma electoral fue aprobada con absoluta celeridad y sin cumplir con el procedimiento especial de formación de la ley que se exige para dictaminar, debatir y aprobar una ley constitucional, que como tal es la ley que rige el sistema electoral. 

La misma Constitución totalitaria de los Ortega-Murillo establece que las leyes de ese rango deben ser dictaminadas en una comisión especial de carácter constitucional, y ser aprobada por una mayoría del 60% del total de diputados. Es decir, que ni su propio texto constitucional semántico han respetado, deviniendo en inconstitucional por vicios en el procedimiento la nueva Ley Electoral. 

Esta nueva legislación en materia de elecciones es prácticamente una copia al carbón de la anterior ley del año 2000. Debemos recordar que la ley del 2000 se produce en una coyuntura histórica y política que determinó el juego político-electoral nicaragüense hasta la actualidad en el marco del pacto Alemán-Ortega: Creó un sistema electoral en detrimento de las minorías políticas e impuso un bipartidismo, mismo que mutó a un sistema de partido hegemónico. Al final dio paso a un sistema de partido único evidente y comprobable con la definición sartoriana. 

El nuevo marco electoral incorpora de forma lisa el sistema de partido único y elimina la composición bipartidista de los organismos electorales (Consejos Electorales regionales, departamentales, municipales y juntas receptoras de votos). Le otorga al Consejo Supremo Electoral (CSE) una naturaleza jurisdiccional, sin ser un órgano de este tipo, al estar exento de todo tipo de control judicial. De tal manera que las resoluciones que dicte el CSE surte los efectos de cosa juzgada formal y material, violando la Convención Americana de Derechos Humanos. 

De igual forma se elimina el silencio electoral, pues los partidos políticos podrán hacer campaña hasta un día antes de las elecciones; se limita el ejercicio de las actividades partidarias tanto en su conformación como en su función, pues están limitados a cumplir con los principios generales de la Constitución que son los del Estado revolucionario, que, desde luego, no son principios, sino concepciones de desideologización de la dinastía Ortega-Murillo. 

Por otro lado, se elimina el plebiscito y referéndum, de tal manera que estos ya no existen en el ordenamiento del Estado, proscribiendo así una de las derivaciones del sufragio. La ley sigue dejando la puerta abierta para que se continúe manifestando el “ratón loco” en las elecciones y, en consecuencia, un mismo elector pueda votar en distintas juntas receptoras de votos. También se establecen las interdicciones electorales aplicables a los “traidores a la patria” o aquellos “que han atentado contra el orden constitucional”, entre otras cuestiones. De tal manera que lo que se pretende es armonizar el sistema electoral con el nuevo ordenamiento jurídico constitucional absolutista y non nato que fue aprobado en enero pasado, muestra ello es que Ortega y Murillo serán los que nombren al presidente y vicepresidente del CSE.

Más allá de estos cambios, la Ley Electoral sigue siendo la misma que la del 2000. El objetivo es crear una nuevo orden jurídico-político vertical y absolutista que haga aún más cuesta arriba la lucha política de resistencia del pueblo nicaragüense contra la dictadura. Sin embargo, me parece que esta acción de la dictadura señala el camino que sigue de ahora en adelante y que de alguna manera algunos hemos alertado: y es que refundará todo el ordenamiento positivo. Así, seguramente, introducirán una iniciativa de nuevas leyes orgánicas judiciales, legislativas, de la administración pública, de la carrera judicial, del régimen de autonomía del Caribe, de regulación municipal, etcétera, lo cual se reflejará en nuevas modalidades de violaciones a los derechos humanos. Eso es lo que sigue: la legalización suprema y ordinaria del poder absoluto que sufrirá el pueblo de Nicaragua. 

Para finalizar, si bien admito, que seguramente, en este artículo no he dicho nada nuevo, si quiero expresar que esta nueva Ley Electoral debe servir para que de una vez por todas algunos sectores políticos de la oposición nicaragüense entiendan que esta lucha no es electoral, porque ese cerco le pertenece a la dictadura.

El comportamiento de los electores es imposible medirlo en un país en el que prácticamente hace 20 años la voluntad popular fue secuestrada. Esta es una lucha de resistencia política contra un enemigo común, y es esa lucha –la de la movilidad y resistencia– la que al final derrotará a la dictadura. Las luchas por el poder, como la que deben encarar las fuerzas políticas y sociales nicaragüenses, se ganan antes de las elecciones, más aún con el juego electoral anulado. Y hoy más que antes, tomando en cuenta las complejidades de la realidad global, la solución está en los y las nicaragüenses que debemos actuar con sensatez, conciencia y cercanos al sufrimiento del pueblo de Nicaragua. 

ESCRIBE

Juan-Diego Barberena

Abogado, Maestrante en Derechos Humanos. Miembro del Consejo Político de la Unidad Nacional Azul y Blanco.