El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Migración y Extranjería, comunicó en medios oficialistas la Disposición 002-2026, que reforma los decretos ejecutivos 57-2005 y 97-2005. Se trata de un acto administrativo interno para aplicar normas ya existentes, emitido tras anunciar el 8 de febrero que esta institución tramitará directamente determinados tipos de visa para ciudadanos de países ya sujetos a este requisito. En Diver-Check explicamos qué países cambiaron de categoría, cuáles fueron incluidos, quiénes faltan en la lista y las excepciones.
La categoría B —antes establecida en el artículo 3— exigía visa consular para ingresar al territorio nacional según el tipo de pasaporte del extranjero. Con la modificación, esta categoría desaparece y los países pasaron a integrar la categoría A (libre visado) o en la categoría C (visa consultada).
En el caso de los países que fueron distribuidos de la categoría de visa consular a la consultiva está: Colombia, Guyana, Jamaica, Perú, Surinam; los países africanos: Benín, Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, Camerún, Chad, Comoras, Costa de Marfil, Djibouti, Egipto, Gabón, Gambia, Guinea, Guinea-Bissau, Guinea Ecuatorial, Kenya, Lesotho, Malawi, Marruecos, Mauritania, Namibia, Níger, República Centroafricana, Ruanda, Senegal, Seychelles, Tanzania, Togo, Túnez, Uganda, Zambia y Zimbabue.
Por el continente asiático: Azerbaiyán, Bután, Camboya, Emiratos Árabes Unidos, Georgia, Kirguistán, Maldivas, Myanmar, Tayikistán, Tailandia, Turkmenistán y Uzbekistán; Ucrania y Serbia y Montenegro por Europa; y las naciones oceánicas de Fiji,Kiribati, Micronesia, Nauru, Palaos, Papúa Nueva Guinea, Samoa y Tonga.
Países que perdieron libre visado y ahora enfrentan restricciones

El régimen determinó que varios países que antes gozaban de libre visado (categoría A) ahora estarán sujetos a mayor control migratorio (categoría C): Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, México, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Trinidad y Tobago y Venezuela. En África, los países incluidos en la nueva disposición son: Madagascar y Santo Tomé y Príncipe; En Europa, Andorra, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Islandia, Liechtenstein, Lituania, Macedonia del Norte, Mónaco y San Marino; y en Oceanía, los países Islas Marshall, Nueva Zelanda, Tuvalu y Vanuatu.
Estos países en la categoría de visa consultada debe ser aprobada directamente por el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Migración y Extranjería, para una revisión adicional por existir mayor riesgo migratorio, verificación de seguridad, control de tránsito irregular o revisión política o administrativa. Son países predominantemente africanos, asiáticos e insulares del Pacífico. No son precisamente naciones con gran flujo turístico hacia Nicaragua, sin embargo, sí son parte de rutas migratorias extracontinentales hacia Estados Unidos.
Según una investigación de DIVERGENTES, los informes de liquidación presupuestaria de Nicaragua entre 2019 hasta junio de 2024, constatan el aumento de los ingresos percibidos por el régimen Ortega-Murillo debido al aumento del flujo migratorio, debido al negocio con la política de libre visado por parte de la dictadura sandinista.
En 2019, Migración ingresó sólo 10 839 407.74 de dólares en los rubros denominados: “Otras tasas por servicio de Migración y Extranjería”, “Derecho de terminal aérea”, “Despacho migratorio” y “Prórroga de estancia”. Al año siguiente, esta cifra subió hasta 18 323 564.32 de dólares, y en 2023, alcanzó el récord de 50 347 724.68 de dólares, casi cinco veces más que antes de aplicarse este cobro.
Este aumento de cifras coincide con la política de facilitación de visados y flexibilizaciones migratorias para que ingresaran a Nicaragua miles de migrantes cubanos, haitianos y africanos a través del Aeropuerto Augusto C. Sandino, de Managua, quienes pagaron “salvoconductos”, a cambio de evitar los peligros del Tapón del Darién y acortar su viaje hacia Norteamérica.
El régimen también firmó acuerdos con diferentes aerolíneas aéreas para atraer a migrantes de diversas nacionalidades, como indios, kazajos, uzbekos, kirguises y marroquíes. Entre diciembre de 2023 y mayo de 2024, se realizaron más de 30 vuelos chárter, de los cuales 15 procedían de fuera del continente americano.
De restricciones a libre visado

Los países de Palestina, Arabia Saudita, Bolivia, Angola, Argelia y Albania pasaron de la categoría C a libre visado, una medida que refuerza las relaciones diplomáticas estratégicas del Gobierno nicaragüense con estos aliados políticos.
Por su parte, los países que antes estaban en la categoría B consular y ahora fueron incluidos en la categoría de libre visado son: Dominica, Ecuador, Filipinas, Moldavia, República Dominicana y Suiza. En esta misma categoría, incluyen ahora Kazajistán, que ya contaba con libre visado según el Decreto 8848, aprobado el 13 de junio de 2023, pero que ahora fue incorporado formalmente en la lista de países con libre visado.
El catedrático Félix Maradiaga señaló en una Divergencia que “el acuerdo de supresión mutua del requisito de visado entre Nicaragua y Kazajistán sólo puede interpretarse en el contexto de los planes estratégicos de Ortega y sus controvertidas asociaciones internacionales. Estos planes parecen carecer de un fundamento económico sólido, y más bien se basan en consideraciones políticas, asumiendo que el mundo se está dividiendo en dos polos: uno liderado por China, contrario a los Estados Unidos, y otro liderado por este último, representando a Occidente”.
Excepciones y privilegios migratorios

Rusia, Taiwán y la República Saharaui no aparecen en el listado de las categorías de visa para ingresar a Nicaragua, en comparación con los decretos derogados por la Disposición No. 002‑2026. En el caso de Rusia, sí estaba incluida anteriormente en la categoría consular, pero ya contaba con exención de visa para turismo y estancias cortas por los acuerdos bilaterales vigentes entre ambos países; por esta razón, no fue necesario mantenerla en la nueva lista de requisitos de visa.
Taiwán aunque mantiene un papel importante en el comercio con Nicaragua, pese a la ruptura de relaciones diplomáticas y el establecimiento de vínculos con China, también le restringieron su categoría migratoria.
Una investigación de DIVERGENTES revela que, entre enero y septiembre de 2025, Taiwán importó 85.1 millones de dólares en bienes nicaragüenses, superando los 79.2 millones enviados a China, lo que evidencia que la relación económica persiste aunque la diplomacia formal haya cambiado.
Otros países, como Vietnam, Venezuela, Siria, Perú, Serbia, México, Irán, Indonesia, India, Emiratos Árabes Unidos y China, figuran en la categoría C y requieren visa consultada. Sin embargo, esta medida solo aplica a quienes viajan con pasaporte ordinario. Los extranjeros que porten pasaportes diplomáticos, oficiales, de servicio, de asuntos públicos o especiales, con acuerdos vigentes con el Gobierno nicaragüense, mantienen la exención o facilidades migratorias correspondientes.
En el caso de Colombia, la Disposición establece una excepción particular: se respetará la reciprocidad parcial del libre visado en el Caribe nicaragüense y para los colombianos nacidos en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, garantizando un trato diferenciado dentro de la nueva clasificación de visas.
Nuevos países en la libre movilidad

Otros países que nunca habían sido considerados en otorgar visa nicaragüense y que ahora el régimen incluyó están Esuatini, Abjasia, Belarus, así como los países centroamericanos Guatemala, Honduras y El Salvador, que ahora forman parte de la Categoría A o libre de visado o exentos de visa.
Aunque el régimen no da explicación sobre incluir el nombre de estos países centroamericanos, la Ley de Reforma y Adiciones a la Ley 761, Ley General de Migración y Extranjería (Ley 1228) establece que se debe a la Visa Única Centroamericana, que permite la libre movilidad entre las Repúblicas de El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua de ciudadanos o ciudadanas de otras nacionalidades distintas a las de estos países.
La Disposición 002‑2026, emitida por el Ministerio del Interior, demuestra que los cambios en las categorías de visa no son meramente técnicos, sino un instrumento estratégico del régimen, donde se entrelazan intereses diplomáticos, económicos y de control migratorio. Con esta disposición, Nicaragua se convierte en uno de los países más restrictivos de la región, exigiendo visa obligatoria a 128 naciones. Le siguen, en menor medida, Honduras, El Salvador, Guatemala, Costa Rica, Belice y Panamá.
La aplicación discrecional de estas normas exige un seguimiento cercano, tanto para extranjeros como para nicaragüenses cuyo próximo destino sea el país, ya que los requisitos pueden variar según el tipo de pasaporte y otros criterios internos del régimen.