Reforma a Ley de Migración legaliza destierros y criminaliza salidas y entradas irregulares al país

La iniciativa de reformas y adiciones a la Ley 761 faculta a la Dirección General de Migración y Extranjería otorgar, denegar y cancelar el ingreso de cualquiera y su permanencia en el país; su residencia e incluso el ser nicaragüense, sin importar que haya nacido en Nicaragua

Ley de Migración
La iniciativa de reformas a la ley 761 faculta a la Dirección General de Migración despojar de su nacionalidad a quien considere pertinente, destrozando el principio universal de ser nicaragüense por haber nacido en Nicaragua. Divergentes | Archivo.

Como parte del paquetazo navideño de leyes represivas enviadas por el dictador Daniel Ortega a la Asamblea Nacional, ordenó a sus diputado aprobar cambios en la Ley 761 de Migración y Extranjería, la cual legaliza las desnacionalizaciones y destierros que practica la dictadura sandinista, y en clara amenaza a los que han huido del país por amenazas de cárcel, vigilancia y hostigamiento, criminalizó las entradas y salidas irregulares de Nicaragua.

Esta iniciativa incluye reformas al Código Penal para el establecimiento de penas de cárcel de dos hasta seis años por ingresar o “salir de informal regular al país”.

La reforma también otorga facultades a la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), subordinada al Ministerio del Interior, de “otorgar, denegar y cancelar el ingreso, permanencia, residencia y nacionalidad nicaragüense adquirida”.

El Ministerio del Interior, anteriormente llamado Ministerio de Gobernación, estaría a cargo de dirigir, administrar y coordinar a la DGME “con el objeto de coadyudar a la Seguridad Soberana y el orden interno del país”. Esta instancia es dirigida directamente por Luis Cañas, uno de los principales operadores político de Ortega y Rosario Murillo.

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Les añade también la nueva función de “denegar el ingreso al país de personas que pueden menoscabar la soberanía nacional o representen un riesgo social”.

La Ley 761 todavía vigente establece en su artículo 47 que ningún nacional puede ser privado de su nacionalidad, conforme a los tratados y el principio de reciprocidad. Sin embargo, la reforma ahora señala que las personas nicaragüenses pueden perder su nacionalidad “por las causales establecidas en la Constitución Política y leyes de la materia”.

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Luis Cañas, uno de los principales operadores de la dictadura, estará a cargo de determinar despojos de nacionalidades para todos aquellos que sean un objetivo político de la dictadura sandinista. Divergentes | Archivo

Los cambios en el Código Penal establecidos en la reforma es la adición al artículo 318 del mismo, que establece condenas de dos a seis años de cárcel, y de 600 a 1000 días de multas a quien “comete el delito de evasión de control fronterizo, que ingrese o salga o pretenda salir del territorio nacional de forma no regular evadiendo los controles migratorios de los puestos fronterizos o por cualquier punto no habilitado”.

La salida e ingreso a Nicaragua desde puntos no regulados es una de las formas de migración para muchas personas perseguidas por el régimen Ortega Murillo, entre ellas, personas acusadas de traición a la patria, o aquellas cuyo pasaporte fue decomisado por las fuerzas represivas de la dictadura.

La iniciativa también fija una serie de medidas para “fortalecer” los controles fronterizos a nivel nacional. Esto con el objetivo de no permitir las salidas e ingresos irregulares, que en un futuro estarán penados.

Reforma con meros fines represivos

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La reforma es definida por la propaganda sandinista para combatir la trata de personas y el crimen organizado, según la exposición de motivos, pero es realidad fue diseñada con fines represivos y políticos. Divergentes | Tomada de El 19 Digital

Entre la exposición de motivos para la iniciativa de ley señala que es necesario “fortalecer los mecanismos necesarios para prevenir y combatir una amalgama de delitos, entre ellos, el tráfico ilícito de migrantes, la trata de personas, explotación laboral, terrorismo, delitos conexos y acciones internas o externas que menoscaben la integridad, independencia, soberanía, autodeterminación nacional, paz, orden constitucional y fomenten o insten actos terroristas o de desestabilización económica y social del país”.

La reforma incluye otros cambios a nivel administrativo; añade una nueva categoría de visa, llamada “visa de negocios”, a la que pueden aplicar personas que tienen inversiones y convenios bilaterales con Nicaragua, que puede responder al mayor flujo migratorio de personas chinas; y suma nuevas restricciones en materia de “prevención” de los delitos anteriormente mencionados.

El texto de la iniciativa de ley justifica el cambio indicando que la posición geográfica de Nicaragua “ha sido atractiva para el tránsito de los flujos migratorios no regulares hacia los países del norte”; a pesar que el régimen Ortega Murillo ha permitido el ingreso de miles de personas haitianas y cubanas para transitar hacia Estados Unidos.

Y supuestamente también pretende combatir el crimen organizado transnacional en todas sus expresiones, pese a que el Departamento de Estados Unidos ha denunciado que Nicaragua ”no hace nada” para evitar el tráfico de personas y el crimen organizado, y por el contrario, facilitarlo.


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