La Fiscalía inició un proceso judicial contra ocho opositores acusados de conspiración, según la acusación de hecho del Ministerio Público. El caso fue finalmente fabricado con pruebas obtenidas de grupos de WhatsApp y declaraciones públicas a medios de comunicación. Con esto, el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo deja de lado las imputaciones enmarcadas en la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo (Ley 1055), invocado para las supuestas investigaciones, y utiliza el Código Penal y la Constitución para legitimar el juicio.
Los acusados son Manuel Orozco Ramírez, politólogo y experto en temas de migración; José Bernard Pallais, jurista e integrante de la Coalición Nacional; Félix Maradiaga Blandón, politólogo y aspirante presidencial; José Adán Aguerri, expresidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP); Juan Sebastián Chamorro García, economista y aspirante presidencial; Arturo Cruz, catedrático y precandidato presidencial; Violeta Granera Padilla, socióloga y activista de la Unidad Nacional Azul y Blanco (UNAB); Daysi Tamara Dávila Rivas, activista e integrante del Consejo Político de la UNAB.
La Fiscalía señala como cabecilla a Orozco Ramírez, miembro de Creative Associates International. El experto se ha destacado como una de las voces más autorizadas para hablar sobre temas de migración y democracia. El régimen lo acusa de estar vinculado con el financiamiento de “campañas desestabilizadoras mediante una red de enlaces de organizaciones políticas y medios de comunicación”. El documento identifica a Orozco como “enlace operativo de grupos internos para dar apoyo logístico y crear condiciones favorables para lesionar los intereses supremos de la nación contemplados en el ordenamiento jurídico”.
La acusación judicial detalla que la supuesta actividad delictiva de Orozco consistió en “triangular recursos desde organismos internacionales como Instituto Republicano Internacional (IRI); la Agencia de los Estados para el Desarrollo Internacional (USAID) y la Fundación Nacional para la Democracia (NED)”.
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El régimen “fundamenta” la acusación con declaraciones que los imputados realizaron a medios de comunicación y a través de redes sociales. Es decir, la mayoría de las pruebas son afirmaciones dichas en entrevistas a periodistas, por lo tanto, públicas. De hecho, los oficiales realizaron un monitoreo de redes abiertas, que fue adjuntado a la investigación en un CD-R Maxell con capacidad de almacenamiento de 700MB “conteniendo información relacionada a publicaciones realizadas” por los acusados.
Al grupo de los ocho se les acusa de ser los responsables de gestionar sanciones económicas, comerciales y de operaciones financieras “contra Nicaragua, sus instituciones y ciudadanos”. No obstante, las instancias internacionales que han castigado al régimen, han aplicado las medidas en su mayoría a funcionarios y familiares de la pareja presidencial, acusados de corrupción o de cometer violaciones a los derechos humanos.
Conspiraciones se realizaban en “grupos de WhatsApp”
Las supuestas conspiraciones fueron planeadas en dos grupos de WhatsApp, según la Fiscalía: “Reunión Mayo 3” y “Task Force”. En el primero, se bajaban “los planteamientos sobre reformas electorales en Nicaragua” y a cada uno de los “implicados” se les asignaba un rol con miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), programada en mayo de 2021.
En dicho mes, el régimen elevó la escalada represiva al realizar unas reformas sin cambios sustanciales y designar a nueve magistrados afines en el Poder Electoral. También iniciaron las acusaciones contra la aspirante opositora Cristiana Chamorro y la Fundación Violeta Barrios, que dirigía hasta inicios de 2021.
El segundo grupo fue creado para que los miembros “propusieran sanciones en contra de Nicaragua”. La Fiscalía también involucra al periodista Carlos Fernando Chamorro, los estudiantes Max Jerez y Lesther Alemán, el presidente del COSEP Michael Healy y al exembajador de Nicaragua en Estados Unidos, Salvador Stadthagen.
Hechos “no explican” el delito
Un abogado independiente que por motivos de seguridad pidió no ser citado, explica que la acusación contra los opositores no cumple con el artículo 77 del Código Procesal Penal, que establece los requisitos de los señalamientos. Uno de ellos es que la narración de los hechos sea “precisa, circunstanciada y debidamente detallada”.
“De tal forma que se tiene que relatar las distintas etapas, formas vías y consecuencias de la comisión de los distintos hechos que constituyen el tipo penal imputado”, agregó.
Estas imputaciones, obtenidas en su mayoría a través de información divulgada en medios de comunicación, fue interpuesta por la fiscal Heydi Estela Ramírez Olivas. La acusación cita los artículos 410 y 412 del Código Penal y el Delito de Conspiración para cometer Menoscabo a la Integridad Nacional y Provocación, Proposición y Conspiración.
Con la ausencia de la Ley 1055 en la acusación, se evidencia “el carácter investigativo de esta norma, para cubrir de legalidad las detenciones y los 90 días de prisión”, reitera el abogado.
Las pruebas “contundentes” ocupadas por la Policía
El Ministerio Público presentó como pruebas de “convicción” en contra de los ocho opositores, los testimonios de los oficiales que ejecutaron los allanamientos en casa de los detenidos, y los objetos que sustrajeron de las viviendas.
De acuerdo al documento acusatorio, la Policía incautó, entre otras cosas, computadoras, cargadores, mouse, CD , memorias USB, libros, vehículos y otros objetos peculiares que no tienen relevancia y que solo confirman que los allanamientos se realizaron de forma arbitraria y sin ningún protocolo.
“Las piezas de convicción que ocuparon son absolutamente irrelevantes para el delito que se está imputando. Los álbumes familiares, dinero de procedencia lícita, libros, vehículos y bienes que pertenecen a terceros demuestran la verdadera conspiración jurídica para darle cobertura legal a los actos de investigación inconstitucionales”, agregó el abogado consultado por DIVERGENTES.
Por ejemplo, a José Adán Aguerri la Policía le ocupó una computadora “marca Iphone”, un modelo inexistente en el catálogo de Apple. A Juan Sebastián Chamorro le sustrajeron “catorce álbumes con tarjeta de presentación de diferentes personas, instituciones estatales, empresas y organismos no gubernamentales, entre las que resaltan tarjetas de USAID”.
En el allanamiento realizado en la vivienda del catedrático Arturo Cruz, la Policía se llevó un folder de color rojo que contenía 87 hojas de papel bond con manuscritos.
A Félix Maradiaga la Policía le ocupó una camioneta Toyota Land Cruiser con toda la documentación que estaba dentro del vehículo: pago de sticker de rodamiento, póliza de seguro, un recibo por una compra de batería en Sinsa, un periódico del diario La Prensa, un libro color celeste con leyenda “Recompensando la paz, seguridad y la democracia en Nicaragua 25 años después de la Guerra”, publicado por el Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas.
De la casa de Tamara Dávila la Policía se llevó videocasete familiares de viajes y cumpleaños, CD musicales de Alejandro Filio, Swing Factory, Sin Bandera, Jacques Brel, Wilco, Michael Bolton y Alberto Cortez, entre otros. Pruebas de convicción que no demuestran absolutamente ningún delito, más que su gusto musical.