Daniel Ortega y Rosario Murillo han ordenado una reforma al Código Penal de Nicaragua –que será ratificada por la obediente mayoría oficialista en el Parlamento el próximo 3 de septiembre–, la cual pretende enjuiciar a nicaragüenses y extranjeros que estén fuera del país, imponiendo penas que van desde el “decomiso”, es decir confiscación de bienes en la práctica, hasta prisión perpetua. Esta iniciativa de reforma es interpretada por opositores y analistas políticos como una escalada más en el esquema totalitario del régimen, al imponer una especie de represión “transnacional”. Si bien la reforma pone en riesgo a cualquier persona, está dirigida sobre todo contra exiliados políticos y sus familiares. Otra forma más de intentar acallar al exilio que sigue denunciando la deriva dictatorial de la pareja presidencial.
La iniciativa modifica 27 artículos de la Ley No. 641 del Código Penal y fue remitida por el caudillo sandinista a la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos de la Asamblea Nacional. Ha sido una reforma solicitada con urgencia, ya que será aprobada en menos de una semana desde su presentación. El cambio más trascendente, y en el que la pareja presidencial soporta la represión transnacional, es la modificación del artículo 16 del Código Procesal Penal que versa sobre “el principio de universalidad”.
El artículo 16 dice que las leyes penales nicaragüenses serán aplicables a los nicaragüenses o extranjeros que, estando fuera del territorio nacional, hayan cometido delitos como: lavado de activos, terrorismo y su financiamiento. Estos tres delitos, por ejemplo, ya han sido usados por la pareja presidencial para condenar a críticos de su proyecto totalitario.
Los Ortega-Murillo también agregan los siguientes delitos en la iniciativa: proliferación de armas de destrucción masiva y su financiamiento, crimen organizado, ciberdelito y cualquier delito contra la administración pública. Delitos políticos también endilgados a las más de 3000 personas que han pasado por las prisiones sandinistas desde las protestas sociales de 2018.
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En el acápite de las penas, la iniciativa de reforma del Código Penal establece las privativas de libertad, decomiso de bienes o activos y multa. En los casos de encarcelamiento, en casos de delitos graves, las penas serán hasta de prisión perpetua revisable.
“La comisión de algunos delitos comunes que cotidianamente llegan al proceso penal ordinario, no solo afectan al ciudadano individual, sino también a la colectividad nicaragüense, cuando los mismos se cometen a través de formas y modalidades masivas o piramidales, mediante el empleo de tecnologías que permiten la sustracción y manipulación de datos personales e información privada”, plantea la iniciativa de reforma en la exposición de motivos. “o bien, cuando dichas acciones atacan los bienes y servicios destinados a garantizar la tranquilidad y el bienestar de la comunidad; por lo que dicha afectación socioeconómica se acrecienta más”.
Universalización de las confiscaciones
Aparte de agregar al Código Penal el lavado de dinero y la cadena perpetua, la iniciativa establece que la víctima de estos delitos deberá ser reparada. Dice el artículo 112 sobre “decomiso”: “Estarán sujetos a decomiso, los bienes o activos, incluyendo los activos virtuales de origen lícito necesarios, a fin de responder por las responsabilidades penales, o cubrir la reparación de los daños y perjuicios de la víctima”.
Los analistas políticos señalan que en todos estos delitos achacados a opositores desde 2018, en la mayoría de los casos la víctima ha sido “el Estado de Nicaragua”. Es decir, que el Estado, al no poder arrestar a un exiliado, procederá a “repararse” confiscando bienes.
“Todo está dirigido a las oenegés que quedan en Nicaragua, que serán unas mil y tantas, y a los opositores en el extranjero. Esto forma parte de lo que se puede llamar la represión transnacional… y procura endurecer penas, enjuiciar en ausencia y tener la capacidad de universalizar la represión”, explica a DIVERGENTES el exdiputado en el exilio Eliseo Núñez. “En una de las definiciones de la iniciativa dejan un tema bien amplio: el de la reparación y en eso entran todas las confiscaciones”.
Si bien el tema de las confiscaciones ha sido usado por el régimen Ortega-Murillo contra oenegés decapitadas y contra opositores despojados de su nacionalidad, con esta iniciativa “universalizan” para todos los nicaragüenses la confiscación de bienes, prohibidas por la Constitución Política. Aunque de facto, familiares de desnacionalizados ya han sido confiscados por el régimen, como sucedió, por ejemplo, con la madre del exmagistrado del Poder Judicial, Rafael Solís.
“Ortega ya no se conforma con encarcelar y expulsar a los disidentes más incómodos; ahora pretende juzgar y confiscar los bienes de aquellos que se encuentran en el exilio, ampliando su capacidad para silenciar a la oposición en cualquier lugar del mundo”, planteó, en un artículo de opinión, el exprecandidato presidencial, Félix Maradiaga. “Esta ley está diseñada para perseguir a cualquier persona con penas y confiscaciones, sin importar si se encuentran en Nicaragua o no, y sin necesidad de su presencia en los juicios. Se espera que el número de afectados aumente dramáticamente, pasando de las 317 personas declaradas apátridas el año pasado a miles más. No es simplemente una nueva ley; es una declaración de guerra contra todos aquellos que desafíen al régimen, estén donde estén”.
“Peor que la Ley de los Ausentes de los ochenta”
En ese mismo sentido, una fuente ligada al Poder Judicial dijo a DIVERGENTES que esta reforma al Código Penal es “mucho más dura” que la Ley de los Ausentes de los años ochenta. Durante la Revolución Sandinista, en julio de 1981, la Junta de Reconstrucción Nacional emitió el Decreto 760. Establecía que “era tarea prioritaria de la Revolución la reconstrucción del país” y se arrogaba el “derecho” de fomentar la producción a través del “uso racional de la propiedad”, considerando que algunos propietarios habían abandonado de forma irresponsable sus bienes.
“Se consideran abandonados y pasarán a propiedad del Estado todos aquellos bienes muebles o inmuebles, títulos, valores y acciones, de cualquier naturaleza de aquellos propietarios nicaragüenses, que se hayan ausentado o se ausenten del país y no hayan regresado después de seis meses”, indicaba el Artículo 1 de ese decreto revolucionario.
“Ahora, si uno ve esta iniciativa de reforma planteada por Ortega y Murillo, es básicamente una ley para ir en contra de todo el mundo con penas y confiscaciones. Estén o no estén en Nicaragua, con o sin la presencia de ellos en los juicios”, plantea la fuente que aún labora en la Corte Suprema de Justicia. “Tengo información de que ya tienen la primera lista de familiares de los 317 opositores desnacionalizados”.
Respuesta al pedido de captura de Argentina
El investigador de Diálogo Interamericano, Manuel Orozco, explicó a esta redacción que esta iniciativa de reforma al Código Penal tiene una motivación política más que económica. Según él, es la respuesta de los Ortega-Murillo “al fracaso” que volvieron a tener en el Sistema de Integración Centroamericana (SICA), al no poder nombrar como secretario general del organismo regional a uno de sus operadores políticos predilectos: Valdrack Jaentschke.
Pero también con otra noticia surgida esta semana desde Argentina: el pedido de un grupo de abogados ante la justicia del país austral para que cite a declaración indagatoria y se libre orden de detención y captura internacional contra Ortega y Murillo por su participación en la comisión de crímenes de lesa humanidad.
“Lo que hay que asociar con esto son los motivos y la oportunidad. ¿Por qué hoy? ¿Qué pasó ayer? El motivo es político, una oportunidad que es reactiva: represalia por el SICA y lo de Argentina, porque no hay consideración económica. Por ejemplo, las propiedades de muchas personas a las que se les confiscó están inertes, inutilizadas. En algunos casos están abandonadas. No hay un uso económico aún, pero podrían ser premios de buen comportamiento, en particular para los leales de Rosario Murillo, que asumen puestos. Es una cuenta de ahorro”, asegura Orozco.
El exdiputado Eliseo Núñez no cree que sea en vano que esta iniciativa de reforma al Código Penal invoque el principio de “universalidad”, el mismo con el que se pide que la pareja presidencial sea juzgada por crímenes de lesa humanidad.
“Es una iniciativa de ley violatoria de los derechos y garantías, del orden jurídico constitucional e instrumentos internacionales de derechos humanos”, plantea por su parte el abogado y defensor de derechos humanos, Gonzalo Carrión. “Fortalece y actualiza la estrategia de persecución penal contra los considerados enemigos dentro y fuera del país. Es draconiana porque aumenta el castigo. Es recaudatoria porque tiene una obsesión por despojar, robar bienes… y disfrazan la persecución política con delitos comunes, transnacionales. Además, es la respuesta de la tiranía al anuncio de lo pedido en Argentina: la captura de ellos”.